Sí, haciendo testamento las acciones pasaran a quien tú decidas siempre que respetes la legítima. Además, si las acciones tienen plusvalías, como el precio de adquisición del heredero es el precio en la fecha de fallecimiento del transmisor, el transmisor, una vez fallecido, tiene dcho. a que se le haga la declaración del IRPF donde no constará la venta y el receptor consignará como precio de adquisición el del día de la transmisión. En general, para familiares en primer grado (hijos y padres), el impuesto de sucesiones es menor que el del IRPF puesto que goza de una alta bonificación.