Acceder

Seguimiento y opiniones de Trade Republic

4,62K respuestas
Seguimiento y opiniones de Trade Republic
Seguimiento y opiniones de Trade Republic

CÓDIGO AMIGO

Trade Republic ofrece cuenta en euros al 2,02% TAE y acceso a acciones, ETFs y otros productos

Página
317 / 317
#4741

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenos días.

Gracias por la aclaración. Ya sólo por este lío fiscal son un regalo envenenado. Menos mal que no me han regalado ninguna...
#4742

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Sin ánimo de desacreditar en absoluto, primero de todo porque tengo 0 experiencia en el asunto y segundo porque sería una falta de respeto, me gustaría añadir lo que me responde Claude al respecto. Puede no ser información correcta, ojo, pero creo que tiene sentido lo que dice:

1. ¿Tiene razón el comentarista?
En parte sí, pero con matices importantes. Lo que describe es el criterio que sigue mucha gente de forma práctica, y tiene una lógica detrás:
Las fracciones de acciones no son jurídicamente "acciones" en sentido estricto según la ley española. Son un derecho proporcional sobre una acción, gestionado contractualmente por el broker (Trade Republic). Por eso hay quien argumenta que no encajan en la casilla 327 (reservada para transmisiones de acciones o participaciones negociables en mercados oficiales) y sí en el apartado de "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales", que es donde están la casilla 1626 y la 1631. Agencia Tributaria
El problema es que Hacienda no ha publicado ninguna instrucción oficial específica sobre fracciones de acciones. Este criterio es una interpretación razonable, ampliamente usada, pero no está oficialmente validada. El resto de los detalles prácticos que menciona (fechas, valores, el euro de gastos de TR, cómo dividir el gasto si vendes varias fracciones a la vez) son correctos.

2. Si acumulas fracciones hasta tener acciones completas (ej: 2,25 acciones)
Esta es una de las preguntas más complicadas porque, de nuevo, no hay criterio oficial de la AEAT. Aplicando la lógica del comentarista:

Las 2 acciones completas irían a la casilla 327 (acciones cotizadas en mercado oficial).
La fracción 0,25 iría a la casilla 1626/1631 (otros elementos patrimoniales).

Así que teóricamente sí: dos casillas distintas para la misma empresa, en la misma operación de venta. Es un lío, pero es la consecuencia de esa interpretación. En la práctica, muchas personas declaran el total (2,25 acciones) todo en 327 por simplicidad, y otros todo en 1626 porque empezaron con fracciones. Ninguna de las dos opciones tiene el respaldo explícito de Hacienda.

3. ¿Qué pasa si lo declares en la casilla 327 (la "normal")?
Lo más probable es que fiscalmente no pagues ni un euro de más ni de menos. La razón es que:

Tanto la casilla 327 como la 1626/1631 tributan dentro de la base imponible del ahorro, con los mismos tipos (19%, 21%, 23%...).
La ganancia o pérdida se calcula igual en ambos casos.

El riesgo no es económico, sino administrativo: si Hacienda cruzara datos y detectara que has declarado en la casilla "incorrecta" según su criterio (el que sea), podría requerirte una aclaración. Pero en la práctica, dado que el resultado fiscal es idéntico y que no hay instrucción oficial en sentido contrario, es muy poco probable que esto suponga un problema real.

Otras cosas a tener en cuenta

Regla FIFO obligatoria: Si tienes varias fracciones de la misma empresa compradas en distintas fechas, debes vender primero (a efectos fiscales) las más antiguas. Esto afecta al cálculo del valor de adquisición.
Acciones "regaladas": Si las recibiste como promoción de Trade Republic, su valor de adquisición (a efectos fiscales) es el valor que declaraste como ganancia en la casilla 27 en su momento. Ese mismo valor es tu coste de compra cuando las vendas.
El euro de comisión de TR: Es deducible como gasto de transmisión. Si vendiste varias fracciones del mismo valor en la misma operación, ese euro se reparte proporcionalmente entre todas ellas (como bien dice el comentarista).
Si tienes dudas serias, lo más prudente es consultar a un asesor fiscal o esperar a que Trade Republic (o la propia AEAT) publique alguna guía específica. Dado que la campaña está en curso ahora mismo, puede que aparezca orientación adicional en las próximas semanas.

Yo llevo muy poquito tiempo en el mundillo de la inversión y lo que hago, entre otras cosas, es DCA mensual a una lista pequeñita de acciones. El importe no es tan alto como para comprar acciones completas, pero en algunos casos ya sí que tengo X,Y acciones, por ejemplo 5,28, por decir algo. 

Si a efectos fiscales, realmente no hay diferencia entre declararlo todo en la 327 o en las 1626 / 1631, entiendo que, como dice la IA, dado que no parece haber un criterio oficial de Hacienda, sería indiferente. 

Obviamente, no pongo la mano en el fuego, ya que como digo, soy absolutamente inexperto en el asunto. De momento no he vendido nada, así que no he tenido que declararlo. 

Como cada vez es más común este tipo de operativa fraccionada, imagino que con el tiempo Hacienda dará un criterio claro o quizá Trade Republic u otros brokers lo aclaren.

En cualquier caso, muchas gracias @Sparrow_In_Jail por compartir tu operativa y tu conocimiento.
#4743

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes,

No veo la discrepancia, en todo caso, si tienes 2,25 acciones conseguidas mediante la unión de varias fracciones de acciones compradas en momentos distintos y las vendes juntas ¿puedes preguntar a Claude que fecha de adquisición se pone en la casilla 327? ¿cuando compraste la primera fracción, cuando compraste la ultima o una fecha media?

Sigo pensando que van en la 1631 y se pone fracción a fracción.


#4744

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Perdona, igual estoy equivocado, pero hasta donde yo sé, en la 327 no hay fechas


Entiendo que en caso de hacer n operaciones de compra y una única de venta, lo que habría que poner es:

Valor de transmisión = venta - comisiones
Valor de adquisición = suma de todas las compras + todas las comisiones.

De hecho, no hay ni que incluir el número de acciones, sea o no entero o decimal.

El lío viene si es obligatorio (que puede serlo) declararlo en la 1631 ya que ahí sí que hay fechas.

Una vez más, no te quito la razón. Probablemente estés en lo cierto, ya que, efectivamente, no son exactamente acciones lo que se compra en TR, al menos en las fracciones. Desde luego, tu forma es más canónica.

Pero parece que Hacienda no ha dado un criterio claro de como hacerlo y la opción de meterlo en la 327 puede ser válida (y más sencilla, al menos en el caso de una única venta total).

La verdad es que estaría genial una aclaración oficial.


#4745

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

Buenas tardes, 

Pues lo de las fechas en la 327 no lo sé, yo uso la cartera de valores de la AEAT, ahí si que hay fechas, y luego en la renta digo que tomen los datos de la cartera. 

La cartera de la AEAT no permite meter fracciones de acciones, al fin y al cabo las fracciones de acciones son un artificio contable,  te dan dividendos pero p.e. no tienes derechos de accionista, no puedes votar, etc. son como un derivado, no puedes figurar como accionista en la compañía, el accionista es TR y tu tienes un "contrato interno con TR" pero no tienes ninguna relación con la empresa emisora y no te puedes inscribir como accionista.

Como dices, la AEAT debería ser más explicita, porque ni siquiera los bancos y brókeres no se ponen de acuerdo, pero creo que realmente el único sitio que caben es donde he comentado.

#4746

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

"Igual es por esto que comentan aquí www.rankia.com/foros/fiscalidad/temas/7283010-renta-casillas-para-etfs-fondos-etc?page=2#respuesta_7290710 ?"

Fenomenal, ahora me toca pasar toda la operativa del otro Broker con ETC,s a la casilla 031... porque el otro que uso (myinvestor) mete todos los ETP,s en las casillas de acciones.

.. y entonces,.... entonces.... si los ETC,s son considerados rendimientos del capital mobiliario NO APLICA LA REGLA DE LOS 2 MESES  porque según la redacción la regla es para pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones con recompra del elemento patrimonial transmitido.
 (
Agencia Tributaria: Integración diferida: pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones con recompra del elemento... )  ..¿no?


"It´s very difficult todo esto"
#4747

Re: Seguimiento y opiniones de Trade Republic

La verdad es que es un auténtico lío. Tan difícil es que Hacienda de un criterio único y claro? A poder ser, explicado para ignorantes como yo 😅