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Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

6 respuestas
Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito
Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito
#1

Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

Me refiero al siguiente texto:

"Se deducirá del principal el tipo de interés del 1 % por el periodo que medie entre la fecha de la cancelación anticipada y la fecha de vencimiento de la cuenta"

Si por ejemplo el interés es del 3.50 % ¿quiere decir que en caso de cancelación me abonarian el 2.50 %?

Y otra duda "se deducirá del principal el tipo de interés del 1 %" ¿Qué es el principal, el capital o el tipo de interés contratado?

Esta palabrería está pensada para que no te enteres y te lleves luego las sorpresas o es que yo soy muy cortito."

#2

Re: Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

te equivocas te deduciran el 1% del PRINCIPAL por el tiempo que falte hasta la fecha de finalizacion del contrato imaginate.

deposito 100.000€ y faltan 3 meses para cumplir el deposito y decides terminarlo esos son 90 dias.
pues la penalizacion seria la sgte.

100.000€*1%*90/36500= 246,57€ de penalizacion.

cambia los 100 mil por tu deposito y los "90" días por los días que de verdad falten en tu deposito y ahí tendrás la penalización que te harán.

saludos

#3

Re: Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

Yo interpreto lo siguiente:

En caso de cancelación anticipada se descontará del capital (el dinero que tienes en el depósito) un 1% por lo que quede del tiempo del depósito.

Es decir, imagina un depósito de 5.000 euros que lo quieres cancelar cuando quedan tres meses hasta su vencimiento:

5.000 / 100 * 1 = 50 euros / 12 meses * 3 meses = 12,50 euros.

De todas maneras, y para evitar interpretaciones erroneas, ¿Nos puedes decir de que depósito se trata o de que banco?.

Un saludo

#4

Re: Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

¡¡¡Ambos habéis interpretado lo mismo!!! ;) Tú calculas por meses de 30 días y años de 360 y David pone años de 365 días.

(En función de liquidación de intereses y demás... ambas propuestas pueden ser correctas. En mi opinión creo que es la interpretación correcta).

Tan solo añadir, que el importe de la penalizaión no puede superar el importe de los intereses devengados.

Salu2.

#5

Re: Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

Solo una observación. Efectivamente el BdE recomienda que en estos casos la penalización no puede superar el importe de los intereses devengados, pero se trata de una recomendación que no es de obligado cumplimiento. En este sentido el Servicio de Reclamaciones del BdE establece lo siguiente:

En la actualidad, no existe ninguna norma legal que limite la comisión por cancelación anticipada que pueden cobrar las entidades.
El Servicio de Reclamaciones mantiene el criterio de que son dos los límites a los que debe ceñirse la aludida comisión: no rebasar el máximo recogido en las tarifas de comisiones y gastos de la entidad, y que la cuantía de la penalización no supere el importe de los intereses devengados por la imposición.
Fuente: Banco de España Un saludo
#6

Re: Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

Anda que si te enchufan ésta claúsula de penalización(Banco Popular).

Ahí va:

"""El presente depósito a plazo fijo podrá ser cancelado por el titular únicamente por la cuantía total del mismo en cualquier momento a partir de su constitución,no devengado interés alguno salvo en la parte en que de acuerdo con las condicones pactadas en el contrato,los rendimientos devengados a la fecha de la cancelación anticipada resulten superiores a aplicar al principal del depósito un 2,5% por el periodo que media entre la fecha de cancelación anticipada y la fecha de vencimiento pactada en el contrato.

En el supuesto en el que como consecuencia de la periodicidad pactada en la liquidación de intereses del depósito,el rendimiento devengado pendiente de liquidar en el ejercicio al momento de la cancelación anticipada fuere inferior al exceso de intereses a regularizar en aplicación de lo dispuesto en el párrafo anterior,el titular autoriza al depositario a reducir en ese importe el principal del depósito a reintegrar en la cancelación anticipada"""

#7

Re: Duda sobre texto de condiciones de cancelacion anticipada de depósito

Haber si lo he entendido bien.
Si hago un deposito a plazo y cancelo anticipadamente ¿solo me penalizaran sobre los intereses, nunca sobre el capital?, como dice alguno, esto es solo una recomendación.
En este momento tengo un contrato para firmar de un deposito a plazo con el BBVA y en las condiciones por cancalación anticipada indica una peñalización del 2% sobre el pricipal, sin indicar el limite maximo el importe de los intereses devengados.
¿Podrian aplicarme una peñalización superior a los intereses devengados?.

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