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¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

5 respuestas
¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital
¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital
#1

¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

 
Hola, buenas tardes a todos. 
Tenía una duda, a ver si podéis resolvérmela, ya tengo este mes el IMV aprobado, pero solo son 145€ porque he cobrado el paro en 2023. Ahora voy a cobrar un subsidio de desempleo para mayores 45 años que se me acaba en febrero del próximo año, momento en que ya no voy a tener ningún ingreso, más allá del IMV. Como sabéis se actualiza a partir de la declaración de la renta, en enero del año siguiente, por lo que el 1 de enero del 2026 me subiría solo a 300€ teniendo en cuenta mis rentas de este año, ¿hay alguna forma de que en febrero del año que viene, al terminarse el subsidio, por ejemplo a través de la opción del impreso de comunicar variaciones, informar de mi vulnerabilidad económica y que me actualicen la cuantía? 
 
Otra opción sería cancelar el ingreso del IMV, y volverlo a solicitar en 1 de abril del 2025, por que he visto que hay una opción, y copio textual: 
Cuando no se reúna el requisito de vulnerabilidad económica en el ejercicio anterior, se podrá solicitar, desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre del año en curso, el reconocimiento del derecho a la prestación de ingreso mínimo vital en aquellos supuestos en los que la situación de vulnerabilidad económica haya sobrevenido durante el año en curso. Para acreditar la situación de vulnerabilidad económica producida durante al año en curso, se atenderá exclusivamente al cumplimiento del requisito de ingresos, considerando para ello la parte proporcional de los ingresos que haya tenido el beneficiario individual o, en su caso, la unidad de convivencia durante el tiempo transcurrido en el año en curso, de conformidad con los datos obrantes en los ficheros y bases de datos de la seguridad social, o bien, en su defecto, lo que figure en la declaración responsable para el año en curso. En todo caso, para el cómputo de las rentas del año en curso no se tendrán en cuenta las prestaciones o subsidios por desempleo, en cualquiera de sus modalidades, incluida la renta activa de inserción, ni la prestación por cese de actividad, percibidas durante dicho año siempre que en el momento de la solicitud de la prestación de ingreso mínimo vital el derecho a aquellas prestaciones o subsidios se haya extinguido por agotamiento, renuncia, o por superar el límite de ingresos previsto, en su caso, para el mantenimiento del derecho y sin que se tenga derecho a una prestación o subsidio. 
 
En mi caso se me ha aprobado en apenas seis meses, ¿lo veis viable, o me recomendáis otro paso? 
 
Gracias por las respuestas y por vuestra colaboración en el foro. 
#2

Re: ¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

Para empezar, ante la Seguridad Social, el IRPF (o en su defecto la información fiscal como contribuyente de que Hacienda disponga si no tienes hecha la declaración de la renta tuya) es lo que da fe de los ingresos que tuvieses el año pasado.

Dicha revisión del IMV con base en dichos ingresos declarados, se realiza por parte de la Seguridad Social a finales de cada año (suele ser en octubre / noviembre) y tiene efectos retroactivos para ese mismo año... esto quiere decir, por ejemplo, que tú puedes estar cobrando un IMV de 100 euros mensuales desde mayo de 2024 que te lo concedieron, llegar octubre de 2024, revisar la Seguridad Social tus ingresos de 2023 en los que no tuviste nada de ingresos ni otras cosas o ayudas que descontarte del IMV, determinar, pues, que tu renta anual de IMV para tu unidad familiar (tras descontar ingresos) es X que, dividido entre 12 meses, te da lo que tenga que darte (en el ejemplo que te pongo, para 2024 si no tuviste ingresos de ningún tipo en 2023, pues serían 604,21 €/mes) y en el pago de dicho mes de octubre o noviembre ya cobrarías ese nuevo importe en lugar de los 100 €/mes que estabas cobrando, y aparte tendrían que darte de este 2024 de todos los meses que has cobrado 100€ la diferencia hasta los 604,21€ que te corresponden (o sea, en mi ejemplo 504,21€ adicionales por cada mes que solo cobraste 100€, a eso se le llama ATRASOS y se abonan o bien de golpe en dicha mensualidad actualizada o más adelante para mitad del siguiente año).

Y, de la misma forma, si la Seguridad Social determina que te corresponde menos importe de IMV del que te han ido abonando, además de bajarte el importe mensual a una nueva cuantía, te pedirán más adelante la devolución de dichos COBROS INDEBIDOS, ya sea descontándote un importe cada mes hasta saldar deuda o todo de golpe.

Por tanto, compaginar otras ayudas con el IMV como puedes ver no es muy recomendable, dado que llegará un momento (como tú mismo deduces por tu planteamiento inicial) que hasta que se ajuste la cosa puedes sufrir meses de carencia absoluta de rentas, cosa que a la Seguridad Social se la pela bastante tal y como tienen montado el asunto, y solicitar la cancelación del IMV para luego volver a solicitarlo no es óbice para que si tienen que pedirte cobros indebidos más adelante lo hagan aunque ya no cobres el IMV... por tanto, mi recomendación siempre es "apechugar" las consecuencias de compaginar el IMV con otras ayudas si fuese tu caso e intentar ahorrar para hacer frente a esos meses futuros de carencia de IMV por ser este de cantidades exiguas por causa de dichas actualizaciones / revisiones anuales hasta que llegue un momento que la cosa se regularice, en lugar de ir a la aventura pidiendo el IMV, cobrándolo unos meses, cancelándolo luego y esperando un año para volver a solicitarlo.

#3

Re: ¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

Gracias por tu respuesta. Lo que asumo que me indicas es que aunque informe a través de comunicación de variaciones de la que dispone la página del IMV de mi nueva vulnerabilidad economica, (https://pssc.seg-social.es/comunicacion-variaciones-imv) no me van a actualizar la cuantía, ¿no? y que la única opción es esperar cada año. Lo que no sabía es que se actualizase en octubre/noviembre de cada año, pensaba que eso se realizaba el día 1 de enero.
Un saludo, y gracias por las aclaraciones.
#4

Re: ¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

Así es; la Seguridad Social determina si te corresponde el IMV basándose en tus ingresos declarados en la renta del año anterior al de tu solicitud o incluso del anterior al anterior, y en los supuestos que solicites de forma explícita situación de vulnerabilidad económica, "los muy cucos" lo que harán será retrasar la tramitación de tu expediente hasta el momento en el que puedan consultar los datos del ejercicio fiscal en el que echaste la solicitud (al menos es lo que yo haría como tramitador, ya que, por una parte, la ley me obliga en ese supuesto a mirar datos de ingresos actuales a los cuales no tengo acceso por parte de Hacienda hasta como muy pronto mayo del año siguiente, así que la única alternativa es ir retrasando dicho expediente)... por eso y más cosas la tramitación del IMV ni tiene ni plazos de respuesta tácitos ni toma efecto la aplicación del silencio administrativo, requiriéndose siempre respuesta de la Administración en todo lo relativo al IMV... lo tienen todo bastante estudiado...


Y el hecho de que la "revalorización" del IMV se produzca siempre a partir de octubre es para que la Seguridad Social pueda contar con datos consolidados de Hacienda sobre cada contribuyente del año anterior, así en caso de hacer mal el IRPF o declarar cosas de más que nos bajen el IMV ellos se lavan las manos... que podrían hacerlo a partir de julio, una vez acabada la campaña de la renta, pero ya sabes el dicho de los funcionarios ¿no? (en julio me entero de a donde van mis compañeros y planifico las mías, en agosto las disfruto y en septiembre exponemos los compañeros la experiencia de las mismas) así que hasta octubre nanay de revisiones y actualizaciones, que luego siempre hay follones.
#5

Re: ¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

Me dejas alucinado, sobre todo con lo último que comentas sobre los funcionarios y como todo podría gestionarse en julio pero se retrasa hasta octubre, noviembre. Toda esta situación de la que hablo se dará en febrero del próximo año, cuando se me acabe el subsidio para mayores de 45 años, y aunque te haré caso y no voy a cancelar mi IMV, porque veo que he tenido suerte al tenerlo gestionado tan rápido, sí que intentaré explicar mi situación a través del formulario cuando llegue el momento; total, ya lo tengo concedido, eso no va a cambiar, y puede que algún bienintencionado funcionario (risas) si añado algún justificante de que ya no estoy cobrando nada del SEPE tenga a bien actualizarlo, aunque por la forma en la que hablas, no veo muchas posibilidades. De todas formas, compartiré mi experiencia por aquí, por si sirve de algo.
Un saludo y gracias por todo.





#6

Re: ¿Existe alguna forma de actualizar el importe del IMV que no sea a través de la declaración? - Ingreso mínimo vital

Pues no es coña, te lo garantizo porque lo he visto con mis propios ojos... los lunes se pierde tiempo hablando de lo bien que se lo han pasado el fin de semana y el viernes están hablando de lo que harán el fin de semana... llega julio y están ya hablando de lo que harán en agosto y en septiembre la primera semana es cotorrear a todas horas de las vacaciones... espero que des con algún funcionario de la Seguridad Social que quiera ayudarte, pero siento decirte que no creo que puedan hacer lo que tú deseas.

Mírate estos videos si acaso que, aunque antiguos, reflejan una triste realidad:

https://youtu.be/4Y3teqflN_I                  

https://youtu.be/tu2qujy0ycA