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Reclamación previa sin respuesta después de 45 días hábiles - Ingreso mínimo vital

2 respuestas
Reclamación previa sin respuesta después de 45 días hábiles - Ingreso mínimo vital
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Reclamación previa sin respuesta después de 45 días hábiles - Ingreso mínimo vital
#1

Reclamación previa sin respuesta después de 45 días hábiles - Ingreso mínimo vital

Se ha superado el plazo de 45 días hábiles sin obtener respuesta denla reclamación previa. ¿Qué me recomendáis hacer? ¿Alguien tuvo el plazo superado y aún así obtuvo respuesta? Provincia de Sevilla
#2

Re: Reclamación previa sin respuesta después de 45 días hábiles - Ingreso mínimo vital

Solo te diré que están tardando mucho más que 45 días (pero muuucchooooo más tiempo... incluso más de un año, con eso te lo digo todo) en responder a las reclamaciones... si es una cosa que fijo tienes la certeza de la razón puedes acudir a la vía judicial (que también puede llevarte años) pero lo más normal y recomendable es esperar a que respondan a tu reclamación y ya con su respuesta actuar en consecuencia.
#3

Re: Reclamación previa sin respuesta después de 45 días hábiles - Ingreso mínimo vital

Amigo ritekg5, como bien dices, hay que mirar en estas situaciones si hay un buen caso, si nuestra solicitud está bien fundamentada.
Y el silencio administrativo de la Administración hay que asegurarse de él sobre todo si también lo hubo pasados los 6 meses de la solicitud. 
Yo aconsejo comprobar bien los emails, si hubo alguno del inss, también mirar las notificaciones telemáticas (con clave o certificado digital) y además mirar en el Tablón Edictal Único del BOE donde se publican las notificaciones enviadas por Correos y que no se notificaron.

como ademas las esperas suelen ser angustiosas, me gustaría con tu permiso ofrecerle al compañero que inició este hilo la siguiente posibilidad, que yo ya he probado con éxito en más de una ocasión.
Se trata de iniciar la vía judicial (jurisdicción social), con abogado de oficio gratuito dependiendo de los recursos de la familia, que hasta ahora en Madrid se terminaba en 3 ó 4 meses. Ahora más pero sin llegar al año. Caben recursos pero solo para cuestiones muy tasadas, prácticamente todo se decide en la instancia. 
Y simultáneamente se solicita un nuevo imv para hacer más agradable la espera del juicio. No cabe el archivo por duplicidad de solicitudes ya que el expediente anterior se terminó con una resolución "presunta" por silencio administrativo que la desestimó, al agotarse los 45 días.
Si se gana el juicio, se cobran atrasos desde la primera solicitud y se archiva el segundo expediente.
Es una opción que creo muy interesante como estrategia.
Saludos a los dos