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Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

6 respuestas
Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital
Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital
#1

Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Cobro el IMV desde hace unos meses. Lo solicité directamente en las oficinas de la Seguridad Social y sólo tuve que rellenar la instancia y aportar los documentos que me solicitaban. No adjunté certificado de vulnerabilidad porque no lo tenía y tampoco era requisito necesario. Pero hoy he leído en el periódico que pueden retirar el IMV a quien no tenga el certificado de vulnerabilidad renovado. Puesto que a mí me lo concedieron sin tener el certificado, entiendo que no necesito (ni puedo) renovar nada. Entonces, ¿en qué caso es necesario? ¿Es sólo para las familias? Yo vivo solo.
#2

Re: Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Hola, buenos días.

Que yo sepa el certificado de vulnerabilidad no es un requisito general para todos los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital (IMV). En tu caso, si te concedieron la prestación sin presentar ese certificado, significa que no era necesario en tu solicitud y, por lo tanto, no tienes que renovarlo.

Ese documento es principalmente necesario para unidades de convivencia especiales, como familias con hijos o personas que no cumplen ciertos requisitos administrativos pero pueden demostrar su situación de vulnerabilidad. Algunos casos en los que puede exigirse son:
Familias con hijos a cargo que solicitan el IMV y necesitan justificar una situación económica precaria.
Personas sin domicilio fijo o en riesgo de exclusión social, quienes pueden necesitar un informe de los servicios sociales.
Extranjeros en situación irregular o con residencia temporal que deben acreditar su situación con informes de servicios sociales.

Es probable que la noticia se refiera a personas que obtuvieron el IMV gracias a un certificado de vulnerabilidad y ahora deben renovarlo para seguir cumpliendo los requisitos. Como no es tu caso (lo obtuviste sin ese documento), no necesitas hacer nada.

Este enlace de esta conversación en el foro sobre el certificado de vulnerabilidad te interesará: 
www.rankia.com/foros/economia/temas/6668807-sudpension-imv-por-certificado-vulnerabilidad-ingreso-minimo-vital?page=1
#3

Re: Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Gracias. Sí, ya suponía que era sólo para casos como los que citas. Pero como en la noticia no dice nada sobre casos concretos... A veces la redacción de noticias deja mucho que desear.
#4

Re: Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Eso que narras le ha ocurrido a personas que, cuando solicitaron el IMV, o bien aportaron dicho documento o se les requirió a Servicios Sociales el aportarlo, como te ha indicado la compañera... parece ser que en esos casos sí que es obligatorio que cada año se acredite un nuevo documento actualizado, lo cual se ha realizado mayoritariamente en plazo por Servicios Sociales, pero que la Seguridad Social al no haber tenido tiempo de revisarlos y adjuntarlos a cada expediente ha ocasionado paralizar algunos pagos del IMV en ciertas situaciones, y de ahí vienen las noticias esas que cuentas.

Pero repito, si no es tu caso, olvídate de dicho documento.
#5

Re: Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Pues cuando yo solicité el IMV llegué a ir a Servicios Sociales para que me dieran un certificado de vulnerabilidad, para tener más "fuerza" en mi solicitud (eso pensaba yo). En Servicios Sociales me hicieron solicitarlo por escrito en el Ayuntamiento, pero luego me dijeron que no me lo iban a dar (ya son ganas de marear) porque no me conocían y que antes deberían hacer un seguimiento mío de meses o no sé qué, pero que para pedir el IMV no me hacía falta el certificado de vulnerabilidad. Así que lo pedí sin adjuntar ningún certificado de vulnerabilidad y efectivamente me lo concedieron igual.
#6

Re: Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Correcto, para pedir el IMV no se requiere dicho certificado.  Ahora bien, es normal que si estás en seguimiento desde Servicios Sociales y pides te gestionen la solicitud de IMV (o te derivan ellos directamente), pues lo incluyan "para dar más consistencia" a tu caso, pero claro, es algo que cada año deben reevaluar y reenviar ellos a Seguridad Social, lo cual como estamos viendo puede "ocasionar problemas" https://www.eldiario.es/economia/seguridad-social-cifra-4-700-familias-afectadas-suspensiones-cautelares-ingreso-minimo-vital_1_12034038.html porque, a fin de cuentas, están añadiendo más burocracia a tu expediente, y ya sabemos que en España, las cosas cuanta más burocracia requieren, pues menos eficientes y ágiles suelen ser https://www.msn.com/es-es/dinero/noticias/miles-de-personas-se-quedan-sin-el-ingreso-m%C3%ADnimo-vital-por-qu%C3%A9/ar-AA1yDSAY
#7

Re: Certificado vulnerabilidad, ¿cuándo es necesario? - Ingreso mínimo vital

Pues menos mal que yo me libré de esa burocracia y no tengo que ir cada año a que me renueven nada. Fui yo a ellos por voluntad propia porque pensaba que si me expedían el certificado sería mejor, pero ya veo que no.