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Calcular indemnización despido objetivo

5 respuestas
Calcular indemnización despido objetivo
Calcular indemnización despido objetivo
#1

Calcular indemnización despido objetivo

Para calcular indemnizaicón por despido objetivo, qué conceptos se tienen en cuenta en las 12 últimas nóminas, si hubo meses con IT enfermedad común, y otro mes paternidad de 13 días y última nómina en situación de ERE? ¿ Qué ocurre si no se dispone de alguna nómina? GRACIAS DE ANTEMANO

#2

Re: Calcular indemnización despido objetivo

a que te refieres con que si no se dispone de alguna nómina?

#3

Re: Calcular indemnización despido objetivo

base cotizacion ultimo mes divides 30 y multiplicas por 20 y por los años que llevas siendo la indemnizacion maxima el salario bruto de un año

#4

Re: Calcular indemnización despido objetivo

¿No se tienen en cuenta conceptos variables, como incentivos, horas extras..., del año inmediatamente anterior al despido, y que figuren en la base de cotización?? No influye haber estado en situación de IT y paternidad?
En cuanto a no disponer de las nóminas, me refiero a no tener el recibo de salarios (de 3 meses), si puede suponer algún problema...
GRACIAS DE NUEVO

#5

Re: Calcular indemnización despido objetivo

todos los conceptos que nombras estaran el la base de cotizacion y se tendran en cuenta en la indemnizacion y el estar de baja o paternidad no influye en nada los recibos de salarios los tienes que reclamar y comprueba tu vida laboral para saber lo que estan cotizando por ti es correcto

#6

Re: Calcular indemnización despido objetivo

Te dejo un enlace, en el que te puedes descargar un excel con varios ficheros que cubren diversas opciones según la fecha de contrato que puedas tener:

http://www.economia-excel.com/2012/02/calculo-indemnizacion-despido-espana.html

1.- Despido improcedente para aquellos contratos celebrados con anterioridad al 12 de febrero de 2012 y que se extingan a partir de esa fecha
2.- Indemnizaciones por despido para aquellos contratos celebrados a partir del 12 de febrero de 2012
3.- Indemnizaciones por despido contratos temporales.

En cuanto al computo de la indemnización para su cálculo se incluyen los conceptos siguientes:

Se incluyen todos los conceptos salariales, tales como:

- Pagas extraordinarias.

- Salarios en especie.

- Participación en beneficios. En este caso se debe tener en cuenta lo que el trabajador venía percibiendo y no a lo que pudiera tener derecho en el futuro.

- Complemento por vivienda.

- Comisiones.

- Incentivo por rentas anuales.

- Horas extraordinarias.

Sin embargo, mediante acuerdo suscrito por las partes en concepto de despido improcedente, se puede excluir de la liquidación el abono de horas extras.

Por el contrario, no se incluyen en el cómputo del salario a efectos de la indemnización los siguientes conceptos:

- Propinas.

- Gastos de desplazamiento.

- Plus de transporte.

- Gastos de enseñanza de hijos.

- Honorarios profesionales.

- Los incrementos salariales posteriores al despido reconocidos por Ley o por Convenio Colectivo, salvo que tengan efectos retroactivos a una fecha anterior a aquel y mientras no se haya dictado sentencia, ya que en caso contrario deberán reclamarse tales diferencias en un procedimiento distinto.

Existen como ves complemento al salario bruto, que las empresas intentarán de no incluirlos, por ello es conveniente poder demostrar como bien dices mediante las nóminas de meses anteriores, para justificar que formaban parte de tus ingresos brutos habituales.

Sobre lo de las nóminas, podrías solicitar tu vida laboral a la Seguridad Social e historial de cotizaciones y si por casualidad no te hubieran declarado los tres meses de las nóminas que citas, pues a denunciarlo y aportar las pruebas correspondientes.

En caso de litigio con la empresa, lo más práctico es ponerse en manos de un abogado laboralista.

Saludos y suerte, en este duro momento.

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