¿Cómo beneficiarse de la reducción del 50% en la cuota de de autónomo por contratar a un familiar?
La ley prevé que los autónomos que contratan en su pequeño negocio a su pareja se puedan beneficiar de esta reducción durante una duración máxima de 18 meses. Sin embargo, para ello se debe de contratar a la pareja a través de la figura del autónomo colaborador. Para lo cual se deben de cumplir tres requisitos:
-Ser familiar directo; cónyuge, padres o hijos
-Trabajar de forma habitual en el negocio. Por lo que tu pareja, hijo o padre no podrá estar trabajando para otra empresa y ayudarte a ti esporádicamente.
-Darse de alta en el RETA además de en la Seguridad Social como autónomo colaborador.
¿Qué supone darse de alta como autónomo colaborador?
Este autónomo no estará obligado ni a hacer la declaración trimestral del IVA ni el pago fraccionado del IRPF. En cambio el titular que la haya contratado si estará obligado a presentar los modelos y declaraciones que correspondan, así como las cuotas de la Seguridad Social suyas y del autónomo colaborador.
¿Sale rentable darse de alta como autónomo colaborador a cambio de poder recibir esa bonificación en la cuota de autónomos?