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¿Consecuencias de no firmar contrato indefinido en empresa pública y seguir como eventual?
Buenas tardes.
Necesitaría asesoramiento sobre una cuestión de contratos laborales.
Actualmente llevo bastantes años trabajando en una empresa pública encadenando contratos eventuales, el último firmado hace 3 años con un contrato de relevo a tiempo completo (441), con fecha fin junio de 2024. Sacaron mi plaza de arquitecto a concurso-oposición hace unos meses y he resultado primero. Esta semana me han enviado el contrato indefinido para firma, conversión de contrato eventual a indefinido bonificado (109) pero han aparecido varias claúsulas particulares con las que no estoy de acuerdo, y que no figuraban en ninguno de mis anteriores, básicamente disponibilidad geográfica para traslado a cualquier punto dentro del país según necesidades de la empresa, y disponibilidad para hacer jornadas especiales de trabajo (actualmente trabajo de L-V 37,5h).
Por lo visto el primero se ejecuta en esta empresa con bastante frecuencia, es decir, a los 12 meses de firmar te pueden decir, a Murcia, y si te niegas causas baja voluntaria, si aceptas tienes unos incentivos salariales que el primer año te cubren los gastos de alquiler y manutención, pero a partir del 2º tienes que empezar a poner salario de tu bolsillo. Viene todo recogido en el convenio colectivo por lo que no hay nada que negociar.
A mi no me interesa firmar este contrato, prefiero seguir de eventual hasta que la empresa quiera/pueda, por varios motivos:
1.- Personal. Mi objetivo a corto plazo es acabar en Madrid, donde tengo mi vivienda, familiares y amigos (llevo entre esta empresa y la anterior más de 10 años desplazado y ya quiero establecerme en algún sitio estable que tengo una edad que me acerco a los 40).
2.- Económico. Si firmo el contrato pierdo la indemnización por fin de contrato temporal (12 días/año x 4 años = 48 días de salario), y al ser el contrato de relevo no prorrogable, no pueden marcar en la hoja que envían al SEPE que me negué a firmar una ampliación, por lo que generaría derecho a prestación por desempleo (6 años llevo acumulados, por lo que generaría 2 años, para ir buscando un trabajo digno en Madrid, cosa que ya estoy haciendo)
3.- Control. Encadenando contratos eventuales de X meses tengo control sobre en qué momento deseo "cortar" y no perder la indemnización ni la prestación por desempleo (en el momento en que el tipo de contrato no se puede prorrogar y me tienen que hacer otra modalidad de contrato, por ejemplo un circunstancias de la producción no admite prórroga más allá de los 12 meses), en cambio si firmo el indefinido y deseo cortar, sería a través de una excedencia voluntaria/baja voluntaria y perdería todo lo acumulado (sí, ya sé lo de encontrar un trabajo, que te den de alta al menos 3 meses, arreglar el despido y pedir la prestación, pero la indemización por todos estos años la pierdo, aparte que no me parece muy legal lo primero aunque se permita).
4.- Ausencia de beneficio por firmar el contrato indefinido. No hay ningún incentivo por firmar este contrato, más que el de ser "indefinido" que hoy día no significa nada (te pueden despedir en un ERE como ha pasado hace unos años), además es una empresa en la que no deseo estar.
El 4º punto es el que más peso tiene, ha cambiado mucho mi parecer sobre esta empresa estos últimos meses.
Resumiendo, mi principal duda es: ¿Hay alguna consecuencia por negarse a firmar el nuevo contrato indefinido alegando desacuerdo en las cláusulas particulares y expresar mi voluntad de seguir trabajando bajo el contrato de relevo hasta junio de 2024 que es el que está depositado en la Seguridad Social? ¿Podrían tomar represalias cuando se acabe mi contrato de relevo y alegar a la Seguridad Social que me negué a firmar un contrato indefinido para así negarme el derecho a la prestación por desempleo?
Gracias.
Un saludo.
Necesitaría asesoramiento sobre una cuestión de contratos laborales.
Actualmente llevo bastantes años trabajando en una empresa pública encadenando contratos eventuales, el último firmado hace 3 años con un contrato de relevo a tiempo completo (441), con fecha fin junio de 2024. Sacaron mi plaza de arquitecto a concurso-oposición hace unos meses y he resultado primero. Esta semana me han enviado el contrato indefinido para firma, conversión de contrato eventual a indefinido bonificado (109) pero han aparecido varias claúsulas particulares con las que no estoy de acuerdo, y que no figuraban en ninguno de mis anteriores, básicamente disponibilidad geográfica para traslado a cualquier punto dentro del país según necesidades de la empresa, y disponibilidad para hacer jornadas especiales de trabajo (actualmente trabajo de L-V 37,5h).
Por lo visto el primero se ejecuta en esta empresa con bastante frecuencia, es decir, a los 12 meses de firmar te pueden decir, a Murcia, y si te niegas causas baja voluntaria, si aceptas tienes unos incentivos salariales que el primer año te cubren los gastos de alquiler y manutención, pero a partir del 2º tienes que empezar a poner salario de tu bolsillo. Viene todo recogido en el convenio colectivo por lo que no hay nada que negociar.
A mi no me interesa firmar este contrato, prefiero seguir de eventual hasta que la empresa quiera/pueda, por varios motivos:
1.- Personal. Mi objetivo a corto plazo es acabar en Madrid, donde tengo mi vivienda, familiares y amigos (llevo entre esta empresa y la anterior más de 10 años desplazado y ya quiero establecerme en algún sitio estable que tengo una edad que me acerco a los 40).
2.- Económico. Si firmo el contrato pierdo la indemnización por fin de contrato temporal (12 días/año x 4 años = 48 días de salario), y al ser el contrato de relevo no prorrogable, no pueden marcar en la hoja que envían al SEPE que me negué a firmar una ampliación, por lo que generaría derecho a prestación por desempleo (6 años llevo acumulados, por lo que generaría 2 años, para ir buscando un trabajo digno en Madrid, cosa que ya estoy haciendo)
3.- Control. Encadenando contratos eventuales de X meses tengo control sobre en qué momento deseo "cortar" y no perder la indemnización ni la prestación por desempleo (en el momento en que el tipo de contrato no se puede prorrogar y me tienen que hacer otra modalidad de contrato, por ejemplo un circunstancias de la producción no admite prórroga más allá de los 12 meses), en cambio si firmo el indefinido y deseo cortar, sería a través de una excedencia voluntaria/baja voluntaria y perdería todo lo acumulado (sí, ya sé lo de encontrar un trabajo, que te den de alta al menos 3 meses, arreglar el despido y pedir la prestación, pero la indemización por todos estos años la pierdo, aparte que no me parece muy legal lo primero aunque se permita).
4.- Ausencia de beneficio por firmar el contrato indefinido. No hay ningún incentivo por firmar este contrato, más que el de ser "indefinido" que hoy día no significa nada (te pueden despedir en un ERE como ha pasado hace unos años), además es una empresa en la que no deseo estar.
El 4º punto es el que más peso tiene, ha cambiado mucho mi parecer sobre esta empresa estos últimos meses.
Resumiendo, mi principal duda es: ¿Hay alguna consecuencia por negarse a firmar el nuevo contrato indefinido alegando desacuerdo en las cláusulas particulares y expresar mi voluntad de seguir trabajando bajo el contrato de relevo hasta junio de 2024 que es el que está depositado en la Seguridad Social? ¿Podrían tomar represalias cuando se acabe mi contrato de relevo y alegar a la Seguridad Social que me negué a firmar un contrato indefinido para así negarme el derecho a la prestación por desempleo?
Gracias.
Un saludo.