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Regularización cuota autónomos al termimar la tarifa plana
Buenas tardes,
Si he entendido bien el artículo 46 de la reforma de la Ley de cotización de trabajo autónomo; para un autónomo que termine de disfrutar de las bonificaciones derivadas del alta inicial en Octubre, a la hora de calcular sus rendimientos en Noviembre y Diciembre van a tener en cuenta los rendimientos de todo el año y se lo van a imputar a esos 2 meses.
¿Es correcto?
En caso de ser así es algo completamente abusivo y carente de sentido.
Un saludo, os leo.
Si he entendido bien el artículo 46 de la reforma de la Ley de cotización de trabajo autónomo; para un autónomo que termine de disfrutar de las bonificaciones derivadas del alta inicial en Octubre, a la hora de calcular sus rendimientos en Noviembre y Diciembre van a tener en cuenta los rendimientos de todo el año y se lo van a imputar a esos 2 meses.
¿Es correcto?
En caso de ser así es algo completamente abusivo y carente de sentido.
Un saludo, os leo.