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Facturar mediante asociación sin ser autónomo.
Hasta la fecha una asociación cultural que estaba sin actividad, le servía a un artista para facturar sin ser autónomo. Le presentaba, entiándase a nombre de la asociación, las liquidaciones trimestrales del IVA y el 347. Hay que decir que sus ingresos mensuales eran, en el mejor de los casos, la mitad del SMI. Pero, por su cuantía, hubieran obligado a la asociación a presentar el Impuesto de Sociedades, cosa que nunca se hizo.
Ahora dicho artista, tesorero de la asociación, va a dejar su actividad y quiere disolver la asociación. Pero es la presidenta, también artista, quien ahora quiere usar la asociación para hacer sus facturas. Estas serían de un importe muy superior. Le he comentado que lo idóneo es lo haga como autónoma pero creo que la tentación de continuar como hasta ahora es muy grande. Llegado a este punto: ¿bastaría con que la asociación presentara el Impuesto de Sociedades para estar fuera del foco de hacienda?
Ahora dicho artista, tesorero de la asociación, va a dejar su actividad y quiere disolver la asociación. Pero es la presidenta, también artista, quien ahora quiere usar la asociación para hacer sus facturas. Estas serían de un importe muy superior. Le he comentado que lo idóneo es lo haga como autónoma pero creo que la tentación de continuar como hasta ahora es muy grande. Llegado a este punto: ¿bastaría con que la asociación presentara el Impuesto de Sociedades para estar fuera del foco de hacienda?