Hola Mario. No soy quien para pedir disculpas en nombre de la AEAT, pero la verdad es que estos días estamos hasta arriba y más de llamadas.
Es prácticamente imposible conseguir que te atienda un agente en particular, y menos preguntando por el nick. Ni siquiera se como pasar una llamada a una extensión en particular, en el caso de que la conozca. Creéme, el sistema telefónico está controlado por ordenadores y nos pasan las llamadas aleatoriamente.
¿Que te ha ocurrido?, Sencillo. Cuando tenemos una consulta compleja (y la tuya lo es y mucho), si pensamos que es algo que no viene en el manual, o simplemente no conoces a fondo ( y ojo, dejarme echarme algunas flores que más o menos sabemos de que hablamos, pero IRPF es grande y complejo) lo pasamos a otros compañeros con mas "experiencia". Pero repito, el volumen de llamadas a estas alturas de la campaña de Renta es elevadísimo (los españoles ya se sabe, somos especialistas en dejarlo todo para última hora) y hay momentos que no damos a basto.
Vale, en cuanto a tu consulta:
El concepto de dos pagadores, en mi opinión, no se debe aplicar ya que como comentas la Seguridad Social ha asumido los pagos realizados por Inem y a mi modo de entender se ha convertido en un único pagador. El tema, reconozco que es complejo y seguramente se deba defender ante los órganos de gestión de la AEAT, pero repito, creo que está debidamente justificado.
Lo malo de tu consulta, es que al tener que considerar aspectos que no solo están recogidos en la normativa tributaria resulta que ni por teléfono, ni cita previa, ni siquiera en la administración se pueda contestar a ciencia cierta. Si necesitas una contestación segura, me temo que el único camino es elaborar la consulta por escrito ante la AEAT o mejor DGT y solicitar la contestación vinculante.
Por último, me permito recordarte que todo lo que ponga en el borrador o datos fiscales es meramente informativo, y es responsabilidad de cada contribuyente comprobar la exactitud de los mismos y en el caso de que considere que esta información no es correcta, elaborar su declaración o tomar la decisión en base a la información real. En otras palabras, lo que diga el borrador no vincula al contribuyente.
Lamento no serte de más ayuda, pero me reafirmo en mi opinión de que se considerará un solo pagador, máxime teniéndolo judicialmente reconocido. Yo no presentaría declaración y en caso de requerimiento, creo que la sola sentencia es suficiente justificación.
Un cordial abrazo.