Acceder

Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

7 respuestas
Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.
Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.
#1

Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

tras presentar la declaración correctamente y marcar la casilla si domicilia el pago del 2º plazo e indicar el nº de cuenta, y con saldo suficiente para hacer frente al pago el dia 5 de noviembre, observo pasado el dia 5 de noviembre que el banco no me han cargado nada, voy al banco y me dicen que el 2º pago no está domiciliado, voy a una oficina de la agencia tributaria y me sacan un documento informándome de lo que la entidad bancaria les ha mandado y es que yo no he domiciliado, les enseño la declaración con la casilla marcada y me dicen que pague con el modelo 102 y que espere la sanción que puede ir del 50 al 150% de la cantidad que he dejado de pagar.¿me sancionarán por la mala gestión de mi declaración por la entidad colaboradora de la agencia tributaria?, ¿ aceptarán mi recurso presentando mi declaración con la casilla marcada y sellada por la entidad colaboradora y con el extracto del mes de noviembre demostrando que habis saldo para hacer frente al pago y y que me quiten la sanción por pagar fuera de plazo?

#2

Re: Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

La AEAT es un tercero perjudicado de buena fe. Tienen derecho a resarcirse del incumplimiento.
Quien ha incumplido su obligación profesional es la entidad colaboradora, y deberás reclamarles a ellos los daños y perjuicios que su proceder incorrecto te ha causado.
En el modelo debes tener marcadas las casillas 3, I2 y correctamente rellenado el apartado cuenta bancaria.

la plus belle des ruses du Diable est de vous persuader qu'il n'existe pas!

#3

Re: Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

gracias por la respuesta, en el modelo lo tengo todo marcado y correcto, y he llamado al teléfono de la agencia tributaria 901.... y me comentan que si me llega sanción que presente copia del modelo en el que se ve la casilla marcada del domicilio del pago y con el nº de cuenta y un extracto que demuestre que había saldo en noviembre suficiente para pagar,y que ellos ya lo solucionarían con la entidad colaboradora, que yo quedo fuera de cualquier requerimiento de sanción si lo tengo todo correcto. Veremos a ver si es verdad, tengo mis dudas con lo que me han dicho por tlfno.
gracias de nuevo, a cachilipox.

#4

Re: Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

De todas formas, yo sinceramente se lo reclamaría al banco. Que paguen, por una vez en su vida, y que se hagan responsables de algo que han hecho mal. Es que tiene narices, no pagarlo....

#5

Re: Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

es probable que ni te llegue la sancion al haberte retrasado en 1 dia de todas formas la reclamacion a la entidad la tienes ganada a mi me paso hace unos años y pague con retraso de una semana y nunca me llego la sancion de hacienda

#6

Re: Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

Yo también he visto eso en unas cuantas ocasiones, que por unos días, incluso por una semana, no llegaba recargo y/o sanción. Pero con lo caninos que están ahora, vete a saber...

Y, como tú dices, yo al banco se lo reclamaba sí o sí, vamos.

#7

Re: Pagar fuera de plazo, el 2º plazo de la declaración sobre la renta por error de entidad colaboradora.

muchas gracias brujitabuena y solfam por las respuestas a ver si hay suerte y no me llega nada, porque he estado mirando un poco y creo que no tendría que pagar tanto como me dijo el funcionario de la agencia tributaria del 50 al 150 % de la cantidad no pagada en el plazo, sino que al no haber pasado más de tres meses desde el 5 de noviembre, sería un 5% de la cantidad a pagar. Si alguien me lo puede confirmar, muchisimas gracias.