Acceder

Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

22 respuestas
Fiscalidad amortización preferentes Cajasol
Fiscalidad amortización preferentes Cajasol
Página
3 / 3
#18

Re: Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

Muchas gracias por el enlace, lo que nos explica efectivamente lo tenia claro, pero acerca el tratamiento fiscal del exceso sobre la venta de las pprs. hasta equipararla con el principal invertido, que la entidad abonará al titular no comenta nada.
Mi interés al respecto es simplemente por aprendizaje , yo tuve pprs telef. y fui al canje por lo que no me afecta directamente, pero el saber no ocupa lugar.
Te deseo mucha suerte con tus pprs y sobre todo no confíes en tu banco que entiendo que actualmente es la Caixabank, ata bien los cabos antes de tomar decisiones y de firmar nada, bueno que te voy a decir que no sepas ya.
SL2 y suerte

#19

Re: Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

Hola Empty, sigo sin tener claro como la entidad puede hacer un único apunte de abono en cta. del titular de las pprs . Si solo puede venderlas en el SEND a precio de mercado, que en el caso que nos ocupa es menor de 100 % , como es posible que el abono en cta, sea por mas importe que el de la operación de venta de valores, y todo esto obviando las comisiones y corretajes de la mencionada venta.
SL2

#20

Re: Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

En el caso que estamos tratando, el abono en cuenta será por menos del 100%. Tal como lo veo yo. Tienes unas preferentes que te costaron 100 unidades monetarias. Quieres venderlas y supongamos que te abonan en cuenta 60 u.m. por lo obtenido en la venta. Entonces, como no estás de acuerdo con lo obtenido, haces una reclamación:

... el cliente reclamase la diferencia no obtenida y el banco le abonara una cantidad adicional a la que deriva de la operación de venta, dicha cantidad no formaría parte del valor de transmisión y conforme a lo previsto en el apartado 2.b) de la disposición adicional segunda de la Ley 13/1985 antes mencionado se consideraría rendimiento del capital mobiliario, estando sometido a retención a cuenta.
El banco te da la razón en parte y te abona 20 u.m. Esos 20 u.m., estarán sujetas a retención de capital mobiliario. Entonces, tendrías dos operaciones: por una parte rendimiento negativo de capital mobiliario por -40 u.m. (100 u.m. - 60 u.m.) y por otra parte unos rendimientos de capital mobiliario de 20 u.m. a los que habrá que aplicar una retención (actualmente del 21%). Y eso independientemente que entre los dos actos transcurran 5 minutos o cinco años. Y todo bajo mi humilde opinión. Saludos..
#21

Re: Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

Gracias Empty, entonces estamos de acuerdo, humildemente por supuesto, en que el defecto sobre el capital invertido que el banco abonara al titular, nunca podrá considerarse valor de trasmisión.
SL2 y que disfrutes de lo que queda del día.

#22

Re: Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

Perdona Empty, pero en el foro de preferentes se sigue dando vueltas al asunto de la fiscalidad de la diferencia. Independientemente de que retengan o no el 21% ¿crees que todo queda compensado en la declaración de la renta?

Gracias de antemano y perdona de nuevo que vuelva sobre este tema.

#23

Re: Fiscalidad amortización preferentes Cajasol

No hay nada que perdonar. Yo veo el problema, tal como lo he expresado el el comentario 20.

Ahora bien, es posible que me equivoque y no haya hecho la interpretación correcta. Te agradecería incluso que me indicaras dónde puede existir el error o dónde otros foreros ven el asunto bajo otro punto de vista.

Pero si tengo que responder a la pregunta que haces: "¿crees que todo queda compensado en la declaración de la renta?. Yo creo que sí.

Saludos.