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Liquidacion impuesto sucesiones. Patriminio preexistente del sujetro pasivo
En mi comunidad autonoma, a la hora de practicar la AUTOLIQUIDACION DEL IMPUESTO DE SUCESIONES, éste varía para cada sujeto pasivo (heredero) en función del PATROMONIO PREEXISTENTE del contribuyente. Se crean 4 tramos (de 0 a 400.00€, de 400.000 a 2 millones, de 2 millones a 4 millones y mas de 4 millones)
PREGUNTO: ¿Que valor de referencia habrá que tener en cuenta para los bienes inmuebles? ¿el catastral?, ¿el del mercado? ¿el de al ultima transacción sobre el bien inmueble?
Gracias