Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?
En el caso de alguien que me da unos servicios estando el en EE.UU., la inversion de sujeto pasivo significa que no tengo que hacer autofactura, o que tengo que hacer autofactura que menciona que es inversion de sujeto pasivo y que por lo tanto no tengo que anyadir IVA? Es suficiente con solamente mencionar que es sujeto pasivo al estar el hacedor del servicio en el extranjero, o hay que referenciar algun articulo de la ley del IVA? gracias en adelantado por alguna respuesta que se os ocurra.