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Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

5 respuestas
Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?
Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?
#1

Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

En el caso de alguien que me da unos servicios estando el en EE.UU., la inversion de sujeto pasivo significa que no tengo que hacer autofactura, o que tengo que hacer autofactura que menciona que es inversion de sujeto pasivo y que por lo tanto no tengo que anyadir IVA? Es suficiente con solamente mencionar que es sujeto pasivo al estar el hacedor del servicio en el extranjero, o hay que referenciar algun articulo de la ley del IVA? gracias en adelantado por alguna respuesta que se os ocurra.

#2

Re: Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

El artículo 2 del RD 1496/2003 suprimió esta obligación para las adquisiciones intracomunitarias de bienes a partir de 2004, y la Ley 39/2010 para los casos de inversión del sujeto pasivo desde 2011, por lo que las autofacturas para estas operaciones ya no son obligatorias.

En cualquier caso, puedes hacerlas si quieres.

#3

Re: Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

Muchas gracias por los detalles en las referencias a las leyes.

Una cosa mas, la exportacion de producto digital tambien implica factura con la mencion de 'inversion de sujeto pasivo'?

#4

Re: Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

Depende de qué estemos hablando. Un producto informático normalizado se consideraría entrega de bienes, y por lo tanto una exportación, que pagará IVA de importación.
Por el contrario, un producto informático realizado por encargo se consideraría una prestación de servicios, y si el destinatario no está localizado en España, sí, actuaría la inversión del sujeto pasivo, siendo necesaria la referencia a la ley en la factura.

#5

Re: Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

Pero no depende dicha entrega de si el recipiente extracomunitario es particular o empresario, y no de si es producto o servicio? Yo tenia entendido que cualquier servicio o producto se consideraba localizado en el territorio espanyol si el que compraba era particular, pero si era una empresa/autonomo/sociedad, se creaba inversion de sujeto pasivo y se estaba exento de IVA al considerarse hecho en el territorio del cliente. No es asi? Si no es asi y tienes tiempo, si te puedes ilustrar con las leyes me vendria mejor, gracias.

#6

Re: Autofactura si o no, en proveedores de servicios extracomunitarios?

Como hablabas de proveedores al principio, daba por hecho que te referías a empresas.
En el caso de los particulares existe el régimen de ventas a distancia para las ventas de bienes dentro de la UE hasta ciertos límites.