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IRPF Reducción por prolongación vida laboral

4 respuestas
IRPF Reducción por prolongación vida laboral
IRPF Reducción por prolongación vida laboral
#1

IRPF Reducción por prolongación vida laboral

La reducción por continuidad o prolongación de la vida laboral para mayores de 65 años, según el texto de la ley del IRPF y reglamento, es aplicable "sin que sea preciso que esta última circunstancia (la prolongación)concurra a la fecha del devengo del impuesto.", por lo que la duda que tengo es si esa reducción se puede aplicar en todas las declaraciones de la renta futuras, aún cuando ya no esté trabajando ese trabajador. Vamos, que yo pienso que este beneficio se da como "premio" por haber prolongado mi actividad laboral, independientemente de que siga trabajando.

Pongo mi ejemplo: me jubilé con más de 66 años el 31.01.2012 y aunque solo trabajé 1 mes de 2012, me aplicaron la reducción, entiendo que porque no era necesario que al 31.12.12 estuviera aún "prolongando" mi vida laboral.
Ya sé que resulta un poco enrevesada la interpretación que hago de esa frase("no es preciso que concurra a la fecha del devengo"), pero realmente creo que es defendible porque en mi caso, he prolongado mi vida laboral casi dos años después de cumplida la edad obligatoria, y la reducción podría aplicarse aunque yo no esté trabajando al 31.12.13

¿qué os parece?

Agradezco de antemano vuestra colaboración y consejos!

#2

Re: IRPF Reducción por prolongación vida laboral

Buenos días, 
 
La reducción por prolongación de la actividad laboral es aplicable a los trabajadores activos mayores de 65 años que prolonguen la actividad laboral o estatutaria, es decir que obtengan rentas por su empleo por cuenta ajena y dentro del ámbito de organización y dirección de otra persona física o jurídica.
 

Concretamente, el artículo 12 RIRPF establece la "Reducción por obtención de rendimientos netos del trabajo" en los siguientes términos: 

1. Podrán aplicar el incremento en la reducción establecido en el artículo 20.2 a) de la Ley del Impuesto los contribuyentes que perciban rendimientos del trabajo como trabajadores activos, al haber continuado o prolongado su relación laboral o estatutaria una vez alcanzado los 65 años de edad.

 
Esta reducción solo es aplicable en el caso que habiendo cumplido 65 años, hubieras trabajado al menos un día y solo durante los años que continues percibiendo rendimientos del trabajo. 
 
Saludos. 
#3

Re: IRPF Reducción por prolongación vida laboral

En 2013 no te lo puedes aplicar. Ya que no has prolongado la vida laboral en el mismo. Si hubieses dejado en suspenso la pensión de jubilación y hubieses establecido una relación laboral por algún día del año si que tendrías derecho"
Saludos.

#4

Re: IRPF Reducción por prolongación vida laboral

Muchas gracias Harko. Había que intentarlo !

#5

Re: IRPF Reducción por prolongación vida laboral

Muchas gracias Carla !