Vamos a ver:
Se sigue considerando residente en España al que lo era aunque viva fuera mas de 183 días mientras no pueda acreditar su residencia fiscal en otro país, por lo que al que inició el tema, se le sigue considerando residente mientras no pueda justificar serlo en otro como Inglaterra por ejemplo. Si lo consigue tributará en ese país según su legislación, que probablemente le obligue a declarar las rentas obtenidas en todos los países, no sólo en Inglaterra.
Vamos lo que quiero explicar es que cada país grava a sus residentes por su renta mundial, y a los no residentes por las rentas obtenidas en ese país, sin perjuicio de que procedan las deducciones por doble imposición.
En función de que te consideren residente de uno o de otro tributas de una manera o de otra