Los rendimientos por venta de acciones de este 2015 vuelven a tributar otra vez, y hasta nuevo cambio, en la base imponible del ahorro, por lo que las posibles pérdidas obtenidas no se pueden compensar con rendimientos del trabajo, ya que éstos tributan en la base imponible general.
Sin embargo, a partir de este 2015 (y también hasta nuevo cambio) sí que se pueden compensar con rendimientos del capital mobiliario que tributen en esta misma base imponible del ahorro, es decir, con dividendos e intereses de cuentas y depósitos, además de con rendimientos de fondos de inversión y otras ganancias obtenidas en bolsa, que ya se podía anteriormente por ser variaciones patrimoniales.
Tienes más información sobre los porcentajes de compensación y las fuentes donde ampliarla en este post:
http://www.invertirenbolsa.info/foro-inversiones/showthread.php?8918-Duda-compra-y-venta-de-acciones-de-la-misma-empresa&p=126457#post126457
Saludos.