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Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?

3 respuestas
Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?
Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?
#1

Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?

En mi caso particular tengo residencia fiscal en Islandia aunque vivo tambien algunos meses en España.
Por otra parte nunca he hecho la declaración de renta en España, no me hacía falta durante mi vida de estudiante y trabajos temporales.

Gracias!

#2

Re: Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?

Buenos días,

entiendo que al tener allí tu residencia fiscal y obligaciones tributarias, y no haber declarado antes en España, no tienes que presentar nada. El modelo 030 es para cambios en el IRPF, y si no lo habías utilizado, no habrá nada que cambiar.

Un saludo.

#3

Re: Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?

Muchísimas gracias Ana! Leyendo en foros vi que todos los españoles que residian en el extranjeros muchos presentaban el model 030 y recomendaban hacerlo pero no me quedaba claro la obligatoriedad para mi caso concreto.

#4

Re: Si resido en el extranjero es obligatorio y/o conveniente presentar el modelo 030 a hacienda?

Mi caso es algo distinto, pero aprovecho este foro, en 2014 no presente la declaracion de la renta pero en 2015 tengo rendimientos de alquiler por una herencia de un familiar y he trabajado menos de 183 dias en un pais de la UE. Entonces entiendo debo presentar la declaracion de la renta del 2015, y en la misma liquidacion comunico mi cambio de residencia para el 2016? o tengo que presentar el modelo 030, ya que el no residente sera desde 1 de enero del 2016, que este caso entiendo solo es modificar domicilio y asignado representante?
Y en cuanto a los rendimientos de trabajo en el extranjero, en españa no trabaje en 2015, he leido que cantidades menores de 60.000 con sus correspondientes retencion estarian exentas de incluirlas en el IRPF, si es asi entonces no las tengo que declarar en el impuesto y en caso contrario en que casillas lo tendria que declarar.
Ademas como consecuencia de la herencia creamos una comunidad de bienes para gestionar IVAs, la Comunidad de bienes deberia comunicar que tiene un miembro no residente?
Estoy perdidisima con este tema, gracias anticipadas