Re: Renta inmobliaria imputada al 2% en el IRPF, ¿por qué?
Bueno, parece que el tema que he planteado está más claro. La valoración catastral de los años 2011 a 2014 fue la misma 68058,96 al aplicarse a tal cantidad el 1,1% la renta imputada era de 748,64 en el año 2015 cambian la norma y consideran que los 10 años a considerar no son desde 1994, mi "revisión" se produjo en 2002, sino en los 10 ejercicios anteriores, es decir, a partir de 2005, por tanto y dado que la revisión del valor catastral fue en 2002 el porcentaje a aplicar es el 2%, además en el 2015 se realiza un incremento del valor catastral del 10% por lo que pasa de 68058,96 a 74864,65 de ahí que la renta imputada pase por arte de birbi birloque a ser de "1497,3", ¡ vamos el doble!. Mi confusión de creer que los valores catastrales habían subido fue debido al cálculo realizado sobre la renta imputada creyendo en todo momento habían aplicado el 2% y no el 1,1% como habían venido haciendo. Llamé tanto al Ayuntamiento como al Catastro y en ambos sitios dicen que para ellos aunque haya habido subida en el valor catastral eso no es una revisión sino una subida al amparo de los Presupuestos Generales del Estado y por tanto no es de aplicación el principio de revisión general.