Ganancias debidas a intereses indemnizatorios
Buenos días,
Estoy ayudando a un familiar con su declaración y nos surge una duda.
Lo despidieron en 2014 del trabajo con su correspondiente indemnización, pero en 2015 ha cobrado unos intereses indemnizatorios (en la hoja de resumen de la empresa que le ha llegado en relación al IRPF 2015 indica que tienen carácter de ganancia patrimonial).
¿Donde se declararían?
Entiendo que no puede ser una ganancia patrimonial derivada de ninguna transmisión, con lo que lo iba a poner en la casilla 266, en ganancias patrimoniales para la base general, aunque no se si se debería poner en la base del ahorro, no estoy seguro.