Re: Declaración de la Renta 2017 (IRPF Campaña año presentación 2018): Todo lo que tienes que saber.
Igual es un requerimiento de puro trámite. Aporta el contrato de alquiler vigente y si está todo correcto no pasa nada.
Igual es un requerimiento de puro trámite. Aporta el contrato de alquiler vigente y si está todo correcto no pasa nada.
Hola, este año he estado realizando una sustitución de interino en la provincia de Toledo. Yo soy de Jaén. Marque lo de movilidad geográfica, he estado en un hostal varios meses, pero no he pedido factura. ¿Sería suficiente justificación que desde mi domicilio hasta donde he residido como interino está a unos 300 km de distancia? Gracias
Buenas, lo has resuelto ya?
Hola Buenas,
si, quedo resuelto (lo comente en otro hilo). Basicamente, después d 3 meses que lleva presentada me dicen que no están de acuerdo con la deducción del alquiler. He llamado y me ha dicho q envíe contrato y todo lo q tenga q demuestre q vivo ahí.
Dentro de lo malo me siguen devolviendo pero lo q me ha dicho el técnico e hacienda q me atendió era que de esto podría derivar una multa si había un error por mi parte...
Tras enviar la documentación (contrato, todos los recibos de agua y luz) en menos de una semana tenía el dinero ingresado tal como había presentado la declaración incicialmemte (desgravándome el alquiler). Supongo que habría algún problema al cruzar algún dato ya que mi pareja no tuvo ningún problema con la renta y se lo desgravo igual que yo... todo resuelto
Me alegro mucho!
Buenas noches, soy nuevo aquí, si cometo algun fallo ruego me perdonéis.
Me gustaría participar en este foro planteando una duda. En la declaración de irpf 2017 realicé una complementaria por no reinversión de beneficios de la venta de vivienda habitual de 2015, la hice el 10 de junio por la web pero como salía un pago elevado pedí en ese instante cita para fraccionarlo en la Delegacion porovincial. Despues de unos días me comunican un expediente ejecutivo por no haber pagado la deuda en plazo. parece ser que el plazo de pago en periodo voluntario es el mismo día de la presentación "el día 10 de junio" (no soy capaz de encontrar normativa al respecto), todo ello me supone un 20% de recargo.
Mis dudas son varias:
Es cierto esto del plazo?
El solicitar cita previa el mismo día 10 no paraliza el plazo?
Al presentar el fraccionamiento el día 11, aportando la declaración del dia anterior, no deberían haberme indicado que estaba fuera de plazo?
Se podría haber hecho una nueva complementaria al día siguiente para entrar el fraccionamiento en plazo?
Muchas gracias
Buenos días; antes que nada, AGRADECER a todos los que participan de estos foros que con su experiencia y conocimiento nos AYUDAN a los novatos.
Quería pedir vuestra ayuda y consejo; he estado navegando la web de Rankia buscando la Fiscalidad para Acciones, ETF´s, Futuros ( Bonos Americanos, Oro, Petroleo, Indices ) y Forex.
Las Acciones, Futuros y ETFs los compro y vendo TODOS en las Bolsas Americanas( NYSE, Nasdaq, CME, etc ) y el Forex a traves de Interactive Brokers.Al hacer el 90% de mis operaciones en dolares y al tener mi cuenta con Interactive Brokers en euros hay algun tipo de "consideración" por el tipo de divisa en el que tengo que declarar mis plusvalias o perdidas ???
Necesito saber que fiscalidad se paga en España por Futuros americanos, Forex, Stocks americanos y ETF´s americanos ( aunque de momento no se estan negociando estos productos -ETF- por causa de la ESMA )
Por favor agradecería mucho vuestra ayuda ya que tengo un ligero "Mega-Cacao" con la fiscalidad de estos productos
Muchas gracias y un gran abrazo !!!
The Best Broker ( Humildad ante todo !!! ) ... es que me lo tengo que "creer" sino mal vamos ... jaaaaaaaa
Buenas tardes.
Este año he realizado varias operaciones con criptomonedas, y he estado mirando en el programa de Renta Web como habría que meter esos datos en la declaracion. Creo que irían a "Ganancias y pérdidas patrimoniales derivadas de transmisiones de otros elementos patrimoniales" y apartado 5 "Otros elementos patrimoniales no afectos a actividades económicas"
Pero aquí me deja poner los importes pero no el concepto o nombre de la moneda.Como habría que hacerlo?
Gracias y un saludo.
saludos tengo una duda.
No te tenia la obligacion de declarar por no llegar a los minimos, la declaracion me salia a pagar 133 euros. Aun asi la presente porque metiendo la deduccion de alquiler me salia a devolver 400.
finalmente la deduccion no la podia aplicar ya que mi contrato es posterior a 2015 y yo no lo sabia, por lo que no tengo derecho a la deduccion. He ido a hacienda y me han dicho que ahora me mandaran la nueva declaracion
mi pregunta es.... como no tenia la obligacion de declarar nada me llegara la declaracion a 0, o al haberla presentado me tocara pagar los 133 aunque en principio no tuviera obligacion a ello?
porque segun me dieron a entender alli si, al haberla presentado pues me toca pagar aunque no tuviese necesidad, porque la culpa de haber metido mal la deduccion de alquiler es mia (eso es verdad, todo hay decirlo)
me parece un poco surrealista que al final tenga que pagar por un declaracion que podia simplemente no haber presentado... es asi?
gracias
Chelo una pregunta: tengo ingresos de acciones de 2018, pero ahora mi cuenta de valores está negativi! Si vendo antes de final de año podré compensar las pérdidas con las ganancias! La idea es reconfortarlas en 2918 impera y e el criterio de los 2 meses???
HOla
¿alguien ha usado el programa de simulación "renta web open"?
Buenos días, he tenido que hacer una rectificación del la declaracion del 2016. Cuando la presente la priemra declaración me salía a pagar unos 500€, pero ahora al hacer la rectificación por devolución de unas cantidades indebidas, me sale a devolver unos 380€. Ha sido estimada, y me han comunicado la devolución de los 380€.
Entiendo que tendrían que devolverme también los 500€ que pagué. O en principio pagan la devolución estimada en la rectificación y luego la otra cantidad, o debería de venir todo junto en la comunicación.
Hola, yo tuve ese problema hace años, y me dijeron que hay una consulta hecha a la AEAT que dice que se puede utilizar cualquier medio de prueba aceptado en Derecho, así que presenté:
-certificado de mi domicilio,
-certificado de mi trabajo, donde figuraba lugar de trabajo y horario
-hoja del googlemaps que indicaba kms y tiempo de viaje entre ambos.
Y hasta hoy.
Tengo una duda sobre la declaración de 2017:
Ingresos totales de rendimiento del trabajo de 10.500 euros, de 4 pagadores diferentes.
Rendimientos de cuentas bancarias unos 120 euros.
Nada más. La declaración salía a devolver 222 euros, pero no la presentó.
Ahora necesita adjuntar la declaración de IRPF para otros temas.
¿Puede presentarla ahora, en fuera de plazo? ¿De cuánto puede ser la sanción, si la presenta?
Como no está obligado, puede presentar una certificación de ingresos, es así?
El tema es si puede recuperar algo de esos 222 euros.