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Deducción por ascendiente con discapacidad

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Deducción por ascendiente con discapacidad
Deducción por ascendiente con discapacidad
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Deducción por ascendiente con discapacidad

Hola,

en la web de agencia tributaria también especifica lo siguiente:

3.1.2. Rentas exentas del artículo 7 de la Ley

3.Otras prestaciones públicas

"Las cantidades percibidas de instituciones públicas con motivo del acogimiento de menores, personas con discapacidad o mayores de sesenta y cinco años, sea en la modalidad simple, permanente  o preadoptivo o las equivalentes en los ordenamientos de las Comunidades Autónomas, incluido el acogimiento en la ejecución de la medida judicial de convivencia del menor previsto en la Ley Orgánica 5/2000. También estarán exentas las ayudas económicas otorgadas por instituciones públicas a personas con un grado de discapacidad igual o superior al 65 por 100 o mayores de 65 años para financiar su estancia en residencias o centros de día, siempre que el resto de sus rentas no excedan del doble del IPREM (indicador público de rentas de efectos múltiples) (para  2017 la cuantía anual del IPREM se ha establecido en 7.519,59 euros)."

 

También apuntan:

"No procederá la aplicación de esta deducción cuando los ascendientes que generen el derecho a la misma presenten declaración por el IRPF con rentas superiores a 1.800 euros."

Mi madre es una persona con discapacidad y recibe una pensión no contributiva de 1200€ al año de la comunidad de Madrid(entiendo que es una de este apartado). Además, tiene unos bienes imputables por valor de 1600€ y por lo tanto está obligada a hacer la declaración

Mi pregunta es: Las rentas superiores a 1.800€ se refiere a los 1600€ de bienes imputables solo ya que la renta estaría exenta. O para este caso sería la suma de las dos, es decir 1200+1600. y por lo tanto yo no podría incluirla en mi declaración

 

Muchas gracias de antemano