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Dudas sobre invertir en Crowdlending: Fiscalidad... Mi caso personal como estudiante.

3 respuestas
Dudas sobre invertir en Crowdlending: Fiscalidad... Mi caso personal como estudiante.
Dudas sobre invertir en Crowdlending: Fiscalidad... Mi caso personal como estudiante.
#1

Dudas sobre invertir en Crowdlending: Fiscalidad... Mi caso personal como estudiante.

¡Buenas!

Os comento brevemente mi situación.

Yo soy un estudiante de 20 años y tengo bastante dinero ocioso, por lo que me gustaría sacarle partido al mismo. Una de las opciones que he visto es prestar dinero en plataformas de Crowdlending.

Mi duda es cómo me afectaría personalmente la fiscalidad de la misma, es decir, yo al ser estudiante no tengo que hacer la declaración de la renta ya que...

1. Mis rendimientos del trabajo personal son inferiores a 22.000 euros anuales. Ya que, no trabajo.

2. No tengo rendimientos en rentas inmobiliarias.

3. No tengo rendimientos del capital mobiliario o ganancias patrimoniales.

Entonces... si decido prestar mi dinero en plataformas de Crowdlending, estás generarían ingresos que afectarían al punto 3. Según tengo entendido, no tendría que declarar si los beneficios anuales no superan los 1.600 euros.

Obviamente, dudo que genere tales ingresos, ni la mitad diría yo, por lo tanto...

¿Tendría que declarar en la renta?  Supongo que no.

¿Los ingresos que genere tienen retención del IRPF?  Supongo que sí. La propia plataforma debe de retenerlos, creo yo.

En definitiva quiero saber cómo me afectaría fiscalmente operar en estas plataformas de Crowdlending cara a Hacienda y demás. Y si los beneficios que genere, aunque sean pequeños sufren reducciones por impuestos etc.

 

¡Un saludo!

#3

Re: Dudas sobre invertir en Crowdlending: Fiscalidad... Mi caso personal como estudiante.

Efectivamente los beneficios se declaran como rendimientos del capital y sin otras rentas no hay obligación de presentar declaración si no se superan en el ejercicio que se declara 1.600 euros.

Casi todas las plataformas hacen retención en el pago de los intereses, en cuyo caso si se quieren recuperar, estas retenciones, hay que presentar Declaración. En este caso hay que tener en cuenta que si se presenta declaración por importe superior a los 1.800 euros, los padres no pueden aplicarse la deducción por descendientes que conviven con ellos, cuando son menores de 25 años, los mayores de esta edad no tienen derecho a deducción por descendiente.

Saludos

#4

Re: Dudas sobre invertir en Crowdlending: Fiscalidad... Mi caso personal como estudiante.

Yo creo que depende de la plataforma donde inviertas, si la plataforma te retiene no hay problema en llegar a ese limite, pero si la plataforma (mintos) no retiene, estas obligado a declarar aunque no llegues a la cantidad minima, asi lo interpreto yo de la propia pagina de la agencia tributaria:

"Rendimientos del capital mobiliario y ganancias patrimoniales sometidas a retención o ingreso a cuenta, con el límite conjunto de 1.600 euros anuales.
Se excluye del límite conjunto de 1.600 euros anuales a las ganancias patrimoniales procedentes de transmisiones o reembolsos de acciones o partici­paciones de instituciones de inversión colectiva en las que la base de retención no proceda determinarla por la cuantía a integrar en la base imponible. Cuando la base de retención no se haya determinado en función de la cuantía a integrar en la base imponible la ganancia patrimonial obtenida procedente de transmisiones o reembolsos de acciones o participaciones de instituciones de inversión colectiva no podrá computarse como ganancia patrimonial sometida a retención o ingreso a cuenta a efectos de los límites excluyentes de la obligación de declarar."

Si estoy equivocado, que alguien me ilumine!!

Un saludo rankianos

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