No es posible la cumplimentación por parte del contribuyente, es una deducción que asigna el Programa, cuando se cumplen las condiciones exigidas para ello.
De acuerdo con los datos familiares y económicos aportados en las Declaraciones de ambos cónyuges, el programa aplica o no esta deducción.
153 euros por la realización por uno de los cónyuges de la unidad familiar de labores no remuneradas en el hogar. Esta deducción es calculada y aplicada por el programa.
Serán
REQUISITOS para el disfrute de esta deducción:
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Que uno de los cónyuges de la unidad familiar realice labores no remuneradas en el hogar.
Se entenderá que uno de los cónyuges realiza estas labores cuando dentro de la 1ª modalidad de unidad familiar sólo uno de sus miembros perciba rendimientos de trabajo o de actividades económicas.
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Que la suma de las bases liquidables de la unidad familiar no supere la cantidad de 25.000 euros.
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Que ninguno de los miembros de la unidad familiar obtenga ganancias patrimoniales, rendimientos íntegros del capital mobiliario o inmobiliario, que, en conjunto, superen los
357 euros, ni le sean imputadas rentas inmobiliarias.
Para el cómputo del límite cuando los rendimientos procedan de dividendos y participaciones en beneficios
el importe a computar para cada uno de los miembros de la unidad familiar será la cuantía en la que el importe íntegro percibido por él exceda de 1.500 euros.
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Que tengan dos o más descendientes que den derecho al mínimo por descendientes. Si los descendientes no fueran comunes, este requisito deberá cumplirlo, al menos, uno de los cónyuges
Saludos