Depreciación efectiva en tributación IRPF de alquiler
Tengo una duda sobre los gastos deducibles por arrendamiento de inmuebles. La ley dice que se pueden deducir las cantidades destinadas a la amortización "siempre que respondan a su depreciación efectiva". Y luego establece que se considera que se cumple el requisito de efectividad si no supera el 3% del mayor valor entre el valor catastral y el de adquisición (excluido el suelo).
¿Quiere esto decir que me puedo deducir esta cantidad en cualquier caso, aun cuando el precio de mercado del inmueble no haya bajado?