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Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado

3 respuestas
Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado
Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado
#1

Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado

Fallece una persona que deja en testamento usufructo de varias fincas en 2018. En Mayo de 2019 se hace la escritura de adjudicación de Herencia, no adjudicando el heredero A esos inmuebles y recibiendo el valor correspondiente en metálico por parte de los otros herederos, que se quedan con el inmueble (en la escritura pone "resulta un defecto de adjudicacion de X €).
Necesito saber si, de cara al IRPF: 
1. Durante ese tiempo entre el fallecimiento y la escritura, debe el heredero A imputarse rentas por esos inmuebles en la declaración.
2. Se considera adquisición y transmisión de dichos inmuebles, por lo que habría que incorporarlo a la declaración también como transmisión patrimonial, o por el contrario se considera que nunca han llegado pertenecer (el usufructo en este caso) al heredero.
Gracias
#2

Re: Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado

1. Durante ese tiempo entre el fallecimiento y la escritura, debe el heredero A imputarse rentas por esos inmuebles en la declaración.
Si son rústicas y no están arrendadas, no hay que declarar rendimiento alguno, por nadie.

2. Se considera adquisición y transmisión de dichos inmuebles, por lo que habría que incorporarlo a la declaración también como transmisión patrimonial, o por el contrario se considera que nunca han llegado pertenecer (el usufructo en este caso) al heredero.
Si es el resultado de una adjudicación, en principio no hay transmisión que  declarar

Un saludo

#3

Re: Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado

Gracias leopol72,, pero lo que pregunto es si NO se adjudica ese inmueble (en la escritura pone resulta un defecto de escritura de X€), si se considera que lo ha tenido desde el fallecimiento hasta la fecha de escritura, y por lo tanto habría que imputar rentas y considerarlo transmisión. O por el contrario se considera que nunca ha llegado a pertenecerle ese inmueble. 

Yo he deducido que es como si lo hubiese tenido hasta la fecha de escritura, basándome en que en el impuesto de sucesiones incluye como concepto ese inmueble en lugar del dinero en metálico que ha recibido por él (pagado por el resto de herederos e incluido en la escritura de adjudicación como defecto).

Un saludo
#4

Re: Irpf imputacion rentas inmueble heredado no adjudicado

 lo que pregunto es si NO se adjudica ese inmueble (en la escritura pone resulta un defecto de escritura de X€), si se considera que lo ha tenido desde el fallecimiento hasta la fecha de escritura, y por lo tanto habría que imputar rentas y considerarlo transmisión. O por el contrario se considera que nunca ha llegado a pertenecerle ese inmueble. 
Es justo al revés, se considera que ha pertenecido desde el fallecimiento a los que se lo han adjudicado, por tanto, no hay transmisión que declarar

Yo he deducido que es como si lo hubiese tenido hasta la fecha de escritura, basándome en que en el impuesto de sucesiones incluye como concepto ese inmueble en lugar del dinero en metálico que ha recibido por él (pagado por el resto de herederos e incluido en la escritura de adjudicación como defecto). 
En el impuesto se declaró lo que se debía en ese momento según testamento, la transmisión del usufructo. Al hacer las adjudicaciones en escritura, pueden variar, habría que ver qué procede hacer. La presentación del impuesto por si sola no implica necesariamente la aceptación de la herencia en esos términos.

El tema no es automático, hay que ver cada caso según el tiempo transcurrido desde el fallecimiento y las actuaciones de los herederos en ese tiempo.

Un saludo