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Sobre el cálculo del ajuar en una herencia. Sentencia.

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Sobre el cálculo del ajuar en una herencia. Sentencia.
Sobre el cálculo del ajuar en una herencia. Sentencia.
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Sobre el cálculo del ajuar en una herencia. Sentencia.

Buenas tardes: En el siguiente enlace

 https://www.elcomercio.es/economia/fiscalidad/supremo-fija-exclusiones-ajuar-domestico-impuesto-sucesiones-20200521172101-nt.html

podemos leer una noticia reciente relacionada con el cálculo del 3% sobre toda la herencia, en concepto de ajuar doméstico. Un ciudadano ganó un pleito contra el Principado de Asturias en 2017 en el TSJA (Tribunal Superior de Justicia de Asturias) y habiendo recurrido el Principado al Supremo, ahora el Supremo le da la razón al ciudadano.

Los magistrados añaden que sobre el dinero, títulos, los activos inmobiliarios u otros bienes incorporales no se necesita prueba alguna a cargo del contribuyente, pues se trata de bienes que, en ningún caso, podrían integrarse en el concepto jurídico fiscal de ajuar doméstico, al no guardar relación alguna con esta categoría. 

Parece lógico que la parte de una herencia que consiste en dinero, acciones, fondos de inversión, no tengan ajuar doméstico. Y sin embargo es lo que se viene haciendo y lo que todavía a fecha de hoy el programa ASPA del Principado de Asturias sigue calculando.

Importante tenerlo en cuenta y entiendo que extensible a otras Comunidades Autónomas. Nadie me va a quitar de la cabeza lo injusto de este impuesto, que además es diferente según la Comunidad Autónoma donde se viva. Y más injusto cuando se pretende adjudicar un ajuar doméstico al dinero.

Saludos.
#2

Re: Sobre el cálculo del ajuar en una herencia. Sentencia.

¡Gracias!