Venta divisas en efectivo
Qué sucede si una persona vende dolares billetes en banco. El banco informará al Bco de España y a la Agencia Tributaria y luego…?
¿Desde qué límite se debe declarar estas ventas? La Agencia Tributaria tiene en cuenta la compra-venta de divisas como generadora de ingresos. Pero si se ingresó las divisas en bolsillo y posteriormente se vende para consumir ¿Esta operación será detectada como generadora de ganancias?
Cómo es posible que al momento de elaborar los ingresos fiscales que la A.T. envía a los contribuyentes, ese tipo de operaciones no aparezcan? Sobre todo si estamos hablando de montos inferiores a 6.000€
Gracias por su atención