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Número de días a disposición del Contribuyente

37 respuestas
Número de días a disposición del Contribuyente
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Número de días a disposición del Contribuyente
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#31

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

La consultante Reich D nos dice que es plena y única propietaria de un piso, pues nos aclara que no existe ningún derecho de usufructo sobre el piso y que su derecho de propiedad recae sobre el 100% del inmueble. Es obvio que ha cedido gratuitamente el uso del piso a su padre, pues no cita la figura del alquiler ni contraprestación de ningún tipo.
Jesusm1: ¿A qué viene lo de los dos hermanos, que si viven en una casa o en dos, que si levantan un tabique o no? ¡Vaya manera de confundir a la gente!
Reich D: debes tributar por imputación de rentas inmobiliarias. Seguirás tributando así mientras no vendas o alquiles el piso, o constituyas un derecho de usufructo a favor de tu padre, con las limitaciones que ello supondría para tu pleno derecho de propiedad actual. Tienes que poner el piso en la situación “a disposición” desde la fecha de fallecimiento del causante. La renta imputada la calcula el programa con el valor catastral que introduces, la información de si está o no revisado, y el número de días .
#32

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Buenos días:

El enlace que pone es poco fiable, pues se trata de un profesional que tiene interés en que las cosas no sean claras para mantener nicho de negocio.

del texto del enlace:

"Si uno de los propietarios utiliza el inmueble como vivienda habitual no tendrá que incluir la imputación de rentas en su declaración. Pero sí deberán hacerlo el resto de copropietarios para los que el inmueble no constituye su vivienda habitual."

Cada infinitesimal de la vivienda por ser vivienda habitual para ese propietario durante todo el año no genera imputación de rentas.

Dos estados no es posible con el mismo parámetro en una función, puesto que está ocupado todo el tiempo en no generar imputación.

No es función aquella que con un mismo parámetro da dos resultados, teniendo en cuenta que la vivienda es un bien indivisible. Se trata del tratamiento del uno.

En todo caso, para el que le da un servicio es para el que vive en ella, pues se aprovecha de una parte que no es suya. Pero ese servicio está exento de declararlo como renta. Si ese no lo declara porque no es renta, la misma cosa no puede ser a la vez la contraria.

Es decir, no puede ser renta para otro si el que recibe el servicio no tiene imputación de renta.

Saludos.
#33

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Buenos días:

El primer mensaje es de un caso en el que uno de los propietarios tiene el 25 % de propiedad y otro de los propietarios, con el 25 %.

Después otra  Reich D dice que es 100 % propietaria y que vive su padre y cómo puede solucionar imputar renta a futuro.

En algún otro caso he dicho que teniendo el que vive una parte de la propiedad.

Teniendo una parte de la propiedad, se convierte en un condominio.

Las características de un condominio es que lo que uno de los comuneros obtiene repercute en los otros, para el conjunto del condominio.

La cooperación entre las personas se realiza desde hace mucho tiempo, por ejemplo en los yunteros, que cada uno pone una parte de la yunta para arar y labores domésticas y ninguno obtiene renta del otro, sino que es una cooperación.

Saludos.


#34

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Usted dijo: En todo caso, para el que le da un servicio es para el que vive en ella, pues se aprovecha de una parte que no es suya. Pero ese servicio está exento de declararlo como renta. Si ese no lo declara porque no es renta, la misma cosa no puede ser a la vez la contraria.

Vuelve a decir tonterías con palabras inconexas que solo generan confusión. Usted mismo ha reconocido que en el caso de Reich, propietario que presta sin coste su vivienda a su padre, el propietario tiene una renta imputada y sin embargo el que usa la vivienda, el que la disfruta, su padre, no soporta ninguna imputación de rentas. 

Lo que usted no comprende es que la vivienda no soporta ninguna imputación de rentas, es el propietario de una vivienda o una de sus partes el que soporta esta imputación y por eso dos copropietarios de una misma propiedad tienen situaciones fiscales distintas en función de ellos mismos y no de la propiedad. 
#35

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Buenas tardes:

Si se tiene un condominio, cada uno de los miembros puede gestionar el condominio con plena autonomías salvo alterar la titularidad de la propiedad.

El que vive permanente en él, la vivienda, tiene la potestad de convertirlo en su vivienda habitual. Lo que necesariamente implica total aprovechamiento.

Si recibe el total aprovechamiento, consentido por el otro miembro del condominio, un tercero, en este caso HACIENDA, no puede opinar, porque se trata de resolver un derecho constitucional como es el derecho a una vivienda digna, en la que una de las partes pone lo que puede y la otra le ayuda.

Para resolver ese derecho de la vivienda, que es asistido por otra parte, no hay que pedirle a la otra sino que habría que ponerle una medalla.

De lo que se trata es que uno de los propietarios tiene parte de la propiedad y los beneficios que obtenga, exención por vivienda habitual, también se comparten con el otro miembro del condominio.

Es decir, ese beneficio lo genera uno de los propietarios, pero se reparte entre todos. En ese caso está la bonificación del 95 % de la vivienda de una herencia por vivir uno de los herederos en la vivienda del fallecido y constituir su vivienda habitual, para el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

https://www.oscar-cano.com/la-reduccion-de-la-vivienda-habitual-en-el-impuesto-de-sucesiones/#:~:text=La%20reducci%C3%B3n%20consiste%20en%20el,ser%20inferior%20a%20180.000%20euros

Saludos.


#36

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Ja, ja, ja… déjelo ya entiendo el problema. 
#37

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Buenas,
la cuestión es que en función de los datos que se rellenen en los campos "Parte (%) del inmueble a disposición del contribuyente" y "Número de días" el valor de la renta imputada se reduce más o menos en comparaciòn con la situación en la que no se marca el check de que el inmueble ha estado ha disposición del contribuyente y a otros usos simultáneamente.

¿Alguien puede aclarar bajo qué supuesto/s es correcto y/o legal disminuir la renta imputada de este modo?

Saludos.
#38

Re: Número de días a disposición del Contribuyente

Dias:: dias en los que los titulares han tenido la vivienda a su disposición al 100%. 
Dias a su disposición y en los mismos días a otros usos: días en los que una parte de la vivienda no estuvo a su disposición por estar alquilada (por ejemplo una habitación)
Porcentaje a disposición de sus titulares: porcentaje que estuvo a disposición de los titulares en dicho periodo. 


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