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¿Amortizar ajuar doméstico en alquiler?
Por lo que tengo entendido, el ajuar doméstico en un piso alquilado (ropa de cama y baño, utensilios cocina, ...) se entiende como gasto, pero en mi caso, que he tenido que acondicionar totalmente unos estudios, me parece más normal el amortizarlo, en grupo, lógicamente, y no detallando cada elemento como en el caso de mobiliario y electrodomésticos.
¿Sabeis si es posible hacerlo, y a cuántos años?