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Embargan primera declaracion conjunta y al hacerla individual me piden importe de la deuda pagada
Buenos dias, mi situacion es la siguiente,
mi marido hace una declaracion conjunta donde le da a devolver 2800 euros y al cabo de unos dias dicha declaracion es aceptada, pero al deber yo dinero a hacienda le comunican que ese dinero se ha embargado en su totalidad por los juzgados y por hacienda.Yo estoy exenta de hacer la declaracion porque estoy en paro sin percibir ninguna ayuda ni prestacion.
Mi marido al ver eso le entro el panico y hice una segunda declaracion individual donde le da a devolver 920 euros( dicha declaracion la hace dentro de plazo), pensando asi que le anularian el embargo,ya que las deudas eran mias y que le devolverian a el, sus 920 euros que le pertenecen.
Pasan los meses y recibimos en diciembre una notificacion donde le aceptan esta segunda declaracion , y que tiene que abonar 1800 y pico euros, porque al pagar ellos mi deuda de 2800, le descuentan los 920 euros y el resto lo debe abonar el.
Mi duda es la siguiente, si ejecutan la primera declaracion, ellos pueden aceptar tambien la segunda? se que la segunda declaracion prevalece ante la primera, pero si la primera es ejecutada no deberian de haber rechazado la segunda??y si pueden hacerlo, puedo yo recurrir esta segunda declaracion alegando que perjudica a nuestros intereses??
Supuestamente tengo un mes para poder recurrir, pido por favor que alguien me aclare esto.
mi marido hace una declaracion conjunta donde le da a devolver 2800 euros y al cabo de unos dias dicha declaracion es aceptada, pero al deber yo dinero a hacienda le comunican que ese dinero se ha embargado en su totalidad por los juzgados y por hacienda.Yo estoy exenta de hacer la declaracion porque estoy en paro sin percibir ninguna ayuda ni prestacion.
Mi marido al ver eso le entro el panico y hice una segunda declaracion individual donde le da a devolver 920 euros( dicha declaracion la hace dentro de plazo), pensando asi que le anularian el embargo,ya que las deudas eran mias y que le devolverian a el, sus 920 euros que le pertenecen.
Pasan los meses y recibimos en diciembre una notificacion donde le aceptan esta segunda declaracion , y que tiene que abonar 1800 y pico euros, porque al pagar ellos mi deuda de 2800, le descuentan los 920 euros y el resto lo debe abonar el.
Mi duda es la siguiente, si ejecutan la primera declaracion, ellos pueden aceptar tambien la segunda? se que la segunda declaracion prevalece ante la primera, pero si la primera es ejecutada no deberian de haber rechazado la segunda??y si pueden hacerlo, puedo yo recurrir esta segunda declaracion alegando que perjudica a nuestros intereses??
Supuestamente tengo un mes para poder recurrir, pido por favor que alguien me aclare esto.