Hola,
¿Sabéis si se puede deducir el gasto extraescolar en una academia de inglés externa al colegio de una niña en edad de primaria?
Yo entiendo que sí, pero no sé bien cómo interpretar la última parte en negrita del párrafo siguiente (sacado del manual de la renta):
Enseñanza de idiomas como actividad extraescolar adquirida bien por el centro educativo, con cargo a los alumnos o bien por los propios alumnos directamente siempre que en este último caso el alumno esté cursando algún estudio oficial.
Alguien me comentó que significaba que sólo se puede si está en Escuela Oficial de Idiomas, pero eso se especifica en otro punto, y yo lo que interpreto es que sí, siempre que esté cursando estudios en etapas oficiales (infantil, primaria, ESO o FP).
¿Qué pensáis?
Muchas gracias.