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Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

9 respuestas
Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta
2 suscriptores
Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta
#1

Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

Buenos días.

Planteo una duda que ni en Hacienda me la han sabido resolver por teléfono las veces que he llamado.

Una persona mayor de 65 años en 2022 ha tenido un pagador (18000 euros) y ha vendido su vivienda habitual con pérdida patrimonial de 4000 euros, ¿está obligado a hacer la declaración?. Según la normativa estaría exenta la ganancia patrimonial pero no pone nada si hay pérdida, por lo que entiendo que está obligado, pero no me queda claro. En este caso no le interesa hacerla porque le sale a pagar (tiene unas retenciones muy bajas) y no tiene más propiedades con las que compensar una futura ganancia. 

Si alguien me pudiera aportar alguna consulta vinculante o artículo al respecto le estaría muy agradecida.

Saludos.
#2

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

El contribuyente tiene obligación de presentar declaración, pues ha tenido pérdidas patrimoniales superiores a 500 euros. Consulta vinculante V2032-15

#3

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

Muchas gracias por la consulta vinculante. Lo tenía claro y ahora más, pero de lo que no encuentro nada al respecto es de los mayores de 65 años siendo su vivienda habitual, pero entiendo que para ellos es exactamente igual que para cualquier contribuyente más. Muchas gracias por tu aportación.
#4

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

Buenos días:

El precepto de la ley del IRPF indica lo siguiente:

Sección 4.ª Ganancias y pérdidas patrimoniales

Artículo 33. Concepto.

<<4. Estarán exentas del Impuesto las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto:

b) Con ocasión de la transmisión de su vivienda habitual por mayores de 65 años o por personas en situación de dependencia severa o de gran dependencia de conformidad con la Ley de promoción de la autonomía personal y atención a las personas en situación de dependencia.>>

Ha de entenderse que las pérdidas también estarán exentas, por equilibrio del precepto, ya que pueden considerarse ganancias negativas.

Del art. 96-2-c) de la ley IRPF

<<En ningún caso tendrán que declarar los contribuyentes que obtengan exclusivamente rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, así como ganancias patrimoniales, con el límite conjunto de 1.000 euros anuales y pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.>>

Escala de pérdidas.

0 €
-100 €
-200 €
-300 €
-400 €
-500 €, limite de corte
-600 €
.....
-4.000 €

Pues bien, las pérdidas de -4.000 €, por están situadas más abajo, por lo tanto, son inferiores a -500 €.

Es decir, que  no hay obligación de declarar, en este caso.

Saludos.
#5

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

Entonces Jesúsm1 pierde en la playa un billete de 200 € (-200), se traslada inmediatamente a su casa, coge papel y lápiz y escribe una escalita de números negativos en vertical, como la de su mensaje de arriba. Y se felicita a sí mismo: ¡menos mal que he perdido un billete 200 € (-200) y no uno de 20 € (-20)¡ ¡La pérdida de -200 está más abajo que la de -20 en la escalita vertical y por tanto mi pérdida es inferior¡ ¡Qué suerte¡ 

Ya se lo he dicho alguna vez, es Vd. raro, muy raro. 
P.D. Las operaciones de compraventa y los impuestos se suelen formalizar con dinero, medio de pago que representa ese billete de la playa.
#6

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

 ¿Qué come?, ¿qué bebe?, ¿qué fuma? ¿cuántas horas duerme?. Es Vd. raro, muy raro. 
#7

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

Buenas tardes:

Diccionario DLE de la RAE:

 <<inferior
Del lat. inferior, -ōris.

1. adj. Que está debajo de algo o más bajo que ello.

2. adj. Que es menos que algo en calidad o en cantidad.>>

NUMEROS NEGATIVOS.

<< Si los dos números enteros son negativos, el mayor es el que tenga menor valor absoluto.>>
 
-4.000 € < -500 €

Se ha de tener en cuenta que el precepto legal emplea el término inferior. 

Para indicar que las pérdidas deben estar entre -500 < X < 0, para no declarar, el precepto de ley lo habría indicado.

Saludos.

Nota:
Del DLE de la RAE
<<límite superior
1. m. Mat. En un conjunto de magnitudes, magnitud mínima que es superior a todas las del conjunto.>>
<<límite inferior
1. m. Mat. En un conjunto de magnitudes, magnitud máxima que es inferior a todas las del conjunto.>>



#8

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

(...)  pérdidas patrimoniales de cuantía inferior a 500 euros.

500 >x > 0

Según Spivak (Michael):

500 > 4.000 > 0 --> Falso
#9

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

El dijo:
Para indicar que las pérdidas deben estar entre -500 < X < 0, para no declarar, el precepto de ley lo habría indicado.
La AEAT dice:
No tendrán que presentar declaración en ningún caso quienes obtengan rendimientos íntegros del trabajo, de capital o de actividades económicas, o ganancias patrimoniales que conjuntamente no superen  los 1.000 euros ni quienes hayan tenido, exclusivamente, pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros.
PÉRDIDAS entonces resultado patrimonial <0
Pérdidas patrimoniales inferiores a 500 euros entonces resultado patrimonial X<-500
I.e:
Si  X es el resultado patrimonial, entonces no habrá obligación de declarar si 0<X<-500
Además dijo:
Ha de entenderse que las pérdidas también estarán exentas, por equilibrio del precepto, ya que pueden considerarse ganancias negativas.
Hablamos de obligación de declarar, no de tributar, las pérdidas siempre están exentas de tributación. 
#10

Re: Transmisión vivienda habitual mayor de 65 años - Declaración de la Renta

Buenos días:

Del DLE de la RAE

 <<menor que

1. m. Mat. Signo matemático (<) que, colocado entre dos cantidades, indica ser menor la primera que la segunda. >>

Lo que no es cierto en la expresión que se utiliza por su parte:

  •  0<X<-500 

CERO (0) es mayor que MENOS QUINIENTOS (-500).

Sobre exento, pues debería mirarse el DLE de la RAE.

Está libre de la obligación de declarar, se refiere a personas mayores de 65 con la venta de la vivienda habitual, ya que está exento del IRPF.

El texto de la AEAT que presenta no es un texto legal, porque omite el término cuantía, que selecciona la cantidad y  no la calidad.

Saludos.