Yo no estoy de acuerdo con las opiniones anteriores. Habla de retención o ingreso a cuenta.
Según expresa la Agencia Tributaria es:
- para los premios que se celebren a partir de 1 de enero de 2020 la cuantía exenta será de 40.000 euros.
Los premios superiores a estas cuantías tributan respecto de la parte que exceda de las mismas.
Base imponible
La base imponible estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta.
En el supuesto de que el premio fuera de titularidad compartida, la base imponible se prorrateará entre los cotitulares en función de la cuota que les corresponda.
Devengo
El gravamen se devenga en el momento en que se satisfaga o abone el premio.
Retención o ingreso a cuenta
Los premios sujetos al gravamen especial, aunque estén exentos en virtud de lo dispuesto en un convenio para evitar la doble imposición que resulte aplicable, estarán sometidos a retención o ingreso a cuenta.
La base de retención vendrá determinada por el importe de la base imponible del gravamen especial.
El porcentaje de retención o ingreso a cuenta será el 20%.
Las retenciones se ingresarán mediante el modelo 230, y se incluirán e n la declaración informativa anual modelo 270.