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Reglas de integración y compensación de rentas
Buenas tardes a todos.Tengo alguna dudilla respecto a la integración y compensación de rentas de cara a la declaración del año 2023:
Tengo 4000 euros de Rdtos de capital mobiliario.
He vendido fondos con pérdidas de 1000 euros,con lo cual compenso el máximo,el 25%, para declarar solo por 3000.
Tengo otro fondo con pérdidas y mi idea es venderlo también,para compensar los cuatro años siguientes....
La pregunta es si hasta ahora voy bien.......y si podré compensar esas pérdidas del fondo que voy a vender hasta el cien por cien,me da igual en un solo año que en los cuatro siguientes.
Y si en los próximos cuatro años no tuviera fondos con ganancias para compensar,¿podría compensar de los rendimientos de capital mobiliario?(hasta el 25%).
¿Es correcto todo?.
Gracias por anticipado y felices fiestas.
Tengo 4000 euros de Rdtos de capital mobiliario.
He vendido fondos con pérdidas de 1000 euros,con lo cual compenso el máximo,el 25%, para declarar solo por 3000.
Tengo otro fondo con pérdidas y mi idea es venderlo también,para compensar los cuatro años siguientes....
La pregunta es si hasta ahora voy bien.......y si podré compensar esas pérdidas del fondo que voy a vender hasta el cien por cien,me da igual en un solo año que en los cuatro siguientes.
Y si en los próximos cuatro años no tuviera fondos con ganancias para compensar,¿podría compensar de los rendimientos de capital mobiliario?(hasta el 25%).
¿Es correcto todo?.
Gracias por anticipado y felices fiestas.