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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
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Interpretación Disposición Transitoria 34
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#1756

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Alguien me podría indicar si la forma de aplicar la DT34-3 seria:
 A BR por encima de la pension maxima se le aplica penalizacion  general, en mi caso 17%  por adelantar 2 años la JAV.
Mi caso sería a 1/1/26, año en el que teóricamente ya no se aplicaría la DT34-2



#1757

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La penalización se aplicará a la pmax  o a la BR, la menor de las dos cantidades. Si BR es mayor habrá que ver en esa fecha si se aplica el coeficiente general o el transitorio. Si BR es menor se aplicará sin duda el general. Esto supone una inseguridad jurídica absolutamente contraria a la Constitución y a los más elementales principios generales del derecho. A ver si alguien lo arregla.
#1758

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La DT34.3 la aplica el INSS de oficio si se cumplen unos requisitos que están marcados en la Ley:
1.- Haber cesado la relación laboral con anterioridad al 1 de Enero de 2022
2.- Haber cesado esa relación laboral como consecuencia de un ERE antes de esa fecha o también que ese ERE se hubiese firmado antes de esa fecha, aunque se cesara en el trabajo con posterioridad a esa fecha. 
Esas son dos condiciones de las que recuerdo. También, para la cuantía de pensión, efectuaran un doble cálculo y aplicarán aquel que sea más beneficioso para el futuro pensionista. Estos dos cálculos son:
Considerando una anticipación de dos años ( 8 Trimestres) y derecho al 100% de la pensión por años cotizados. 
1.- BR * (100% - Penalizacion General) = PENSION 1
     P. Max " (100% - 4%) = Límite Máximo
     Si PENSIÓN 1 > Límite Máximo ====> Pensión Final = Limte Maximo
     Si PENSIÓN 1 < Límite Máximo ====> Pensión Final = PENSION 1
2.- Si la BR es superior a la P. Máxima
      P. Max * (100% - Coeficiente Penalización Transitorio) 
      Si la BR es inferior a P. Maxima
      BR * (100% - Coeficiente Penalización General) 
Como ya he dicho, de estos dos cálculos el INSS aplicará el que para el pensionista le beneficie más, y lo hará de oficio. 
Si en 2026 se continua aplicando la DT34, ya se verá, a día de hoy es una teoría que hemos deducido al leer el informe publicado por la DGOSS, pero será el INSS quien lo determine en el momento que considere
Espero haberte resuelto la duda
#1759

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Gracias por tus indicaciones !!!
#1760

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Muchísimas gracias Jalcper por tu tiempo y dedicación.
Me lo has dejado muy claro !!!!
La duda que tenía me la has resuelto !!!