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Interpretación Disposición Transitoria 34

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Interpretación Disposición Transitoria 34
Interpretación Disposición Transitoria 34
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#5208

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

A ver, Paco50, en casos como el mío: jubilación anticipada voluntaria, me jubilè el 30 de diciembre y me aplicaron el coeficiente reductor sobre la pensión máxima de 2025 y a partir del 1 de enero la subida del 2,7%
El cálculo como dices es el mismo, dado que mi base reguladora supera la pensión maxima, los coeficientes reductores me los aplican sobre la PM, pero en 2026 la PM ha subido el 2,7%, o Si me hubiera jubilado el 6 de febrero, como en principio tenía pensado, el coeficiente reductor no me lo habrían aplicado sobre la pensión máxima de 2026?
Disculpa mi ignorancia, y acláramelo, por favor 
#5209

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Y te aplicarian la DT34. 2 a la pensión máxima de 2025, y si te hubieras esperado no te hubieran aplicado la DT34,2 pera si no tienes derecho a el punto 3, te hubieran aplicado la penalización a la PM de 2026, ya revalorizada la de 2025 con el 2, 185% desde el 1 de enero Paco50 dice que es la misma, pero no es asi y además tendrías dos meses menos de anticipación,
Si se hubiera seguido aplicando la DT34,2 hay que echar cuentas porque si habría diferencia a valorar
#5210

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

La búsqueda del clientelismo que está en marcha en España existía desde la época de Roma. La diferencia es que nuestro gobierno lo ha adaptado e interpretado al estilo Robin Hood, quitar a los ricos para dar a los pobres. Tú eres la rica y los pobres los que no han cotizado nada o casi nada
#5211

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

¿Si me hubiera jubilado el 6 de febrero, como en principio tenía pensado, el coeficiente reductor no me lo habrían aplicado sobre la pensión máxima de 2026? Claro que sí.
Si te jubilas en diciembre te aplican el coeficiente de diciembre sobre la PM de 2025. Y una vez calculada la pensión, como tú reconoces, te subieron un 2'7% en tu primera nómina de enero.
Si te jubilas en enero o marzo te van a aplicar el coeficiente de enero o marzo sobre la PM de 2026 y esa sería tu pensión final.
Y yo no entro en si la pensión calculada en 2025 sea o no mayor o menor que la de 2026. Por supuesto que habrá que tener en cuenta que en diciembre anticipas más meses, que la PM es inferior a la del 2026 (un 2'7+0'115%), pero tb pillas los Coeficientes de la DT34.2 muy inferiores a los de la JAV que te aplican en 2026.

#5212

Re: Interpretación Disposición Transitoria 34

Eso lo tengo claro. Pero es que no entendía lo que decías que la gente procuraba jubilarse en diciembre en vez de en enero, porque entendía y parece que tenía razón, què en los casos de Jav con Br>pm, en el caso de que no hubieran dejado de aplicar la DT34.2, me habría interesado más jubilarme en febrero, porque el coeficiente reductor era menor y la Pm estaría ya actualizada con el 3,7%
Gracias Paco50