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Modelo 720 presentado tarde.

6 respuestas
Modelo 720 presentado tarde.
Modelo 720 presentado tarde.
#1

Modelo 720 presentado tarde.

Buenas a todos:

Tenía una serie de dudas a ver si sabéis responderlas. Acabo de presentar hace unas horas el modelo 720 tarde (el último día era el 1 de abril de 2024) y lo he presentado a fecha del 5 de abril. He visto que hay un margen de cinco días naturales por problemas técnicos, que no sé si me admitirán sin penalización.

Por otro lado, he visto que en muchas noticias que el Tribunal Supremo de Justicia de la Unión Europea ha fallado en favor de los demandantes y la propia Hacienda ha aceptado la nulidad de las multas. También tenía dudas porque creo que he rellanado algo mal del propio modelo, es la primera vez que lo hago, y por tanto, quizás no lo haya hecho bien. 

En fin... quería saber qué tipo de multa puedo esperar y si podré reclamarla o no.
#2

Re: Modelo 720 presentado tarde.

Lo que dictó el Tribunal era casos distintos al tuyo. Has presentado una declaración informativa tarde y, parece ser, de forma incorrecta. Podrán sancionarte por artículos 198/199 de la Ley General Tributaria. 

#3

Re: Modelo 720 presentado tarde.

Quizá pueda ser una buena idea consultar con un gestor fiscal si tu 720 no es muy complicado, pregunta a varios cuanto cobran y si alguno no se sobra, quizá pueda aserorarte si es mejor modificar el que ya has presentado y te puede ayudar con la modificación o dejarlo tal cual.
#4

Re: Modelo 720 presentado tarde.

Al final lo he arreglado haciendo una modificación del propio modelo y lo he presentado de nuevo. Al final está bien presentado, tarde por unas horas, pero presentado. Así que como mucho, espero que solo me sancionen por haberlo presentado tarde. 

¡Muchas gracias por la ayuda!
#5

Re: Modelo 720 presentado tarde.

Buenas tardes,

¿Estabas seguro de estar obligado a presentarlo o ha sido por precaución? 

Yo no estoy seguro de si tengo que declararlo no y he incluido directamente las operaciones en la declaración.
#6

Re: Modelo 720 presentado tarde.

En el 720 no se declaran las operaciones, eso es en el IRPF. El IRPF no sustituye al 720. El 720 es un inventario del patrimonio fuera de España. 
Las normas son sencillas para la primera vez:
Tres bloques, depósitos, acciones y participaciones, bienes inmuebles. Más de 50k en cualquiera de los tres grupos te obliga a declarar dicho bloque. 
#7

Re: Modelo 720 presentado tarde.

Sí, eso tenía entendido, pero me causa dudas una parte de la redacción de la Ley en la que dice que se deben declarar las posiciones cerradas y da a entender que ahí no se aplicaba la excepción de los 50.000 €

Por lo que me estaban entrando dudas de que no hay que informar si tienes menos de 50.000 €, pero que quizás tenía que informar si he cerrado alguna posición.

Un saludo y gracias.
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