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Venta Vivienda Habitual / Domicilio Fiscal - IRPF
Hola.
Se trata de un caso en el que el constribuyente vende su vivienda habitual en españa (que en realidad no lo es).
No lo es porque reside desde años en otro pais de UE, pero no cambio su domicilio fiscal aquí.
Ahora la vende, y quiere mantener el domicilio fiscal aquí.
Ha tenido una perdida patrimonial de más de 500 €, por lo que está obligado a presentar declaración de IRPF.
Yo le comento que la situación es un tanto irregular y que deberia proceder a regularizarla.
En realidad se han pagado impuestos en el Pais donde en realidad reside, por lo que yo veo más un problema de suministro de información que otra cosas, ya que ninguno de los dos estados ha dejado de recaudar realmente los impuestos correspondientes (tratados para evitar la doble imposición).
Las cuestiones son:
¿Que ocurre desde el punto de vista de la AT si no presenta declaración de IRPF? (requerimientos, sanciones etc...)
¿Posbilidad de establecer domicilio fiscal en otra vivienda que no sea de su propiedad (tiene una vivienda arrendada tras la venta de su propiedad)?
Por alguna razon quiere mantener domicilio fiscal en España, e insisto que siempre se han pagado impuestos adecuadamente sin que ninguno de los dos estados se haya visto perjudicado en la recaudación.
Gracias y perdonad si os suena un poco raoro todo esto.
Se trata de un caso en el que el constribuyente vende su vivienda habitual en españa (que en realidad no lo es).
No lo es porque reside desde años en otro pais de UE, pero no cambio su domicilio fiscal aquí.
Ahora la vende, y quiere mantener el domicilio fiscal aquí.
Ha tenido una perdida patrimonial de más de 500 €, por lo que está obligado a presentar declaración de IRPF.
Yo le comento que la situación es un tanto irregular y que deberia proceder a regularizarla.
En realidad se han pagado impuestos en el Pais donde en realidad reside, por lo que yo veo más un problema de suministro de información que otra cosas, ya que ninguno de los dos estados ha dejado de recaudar realmente los impuestos correspondientes (tratados para evitar la doble imposición).
Las cuestiones son:
¿Que ocurre desde el punto de vista de la AT si no presenta declaración de IRPF? (requerimientos, sanciones etc...)
¿Posbilidad de establecer domicilio fiscal en otra vivienda que no sea de su propiedad (tiene una vivienda arrendada tras la venta de su propiedad)?
Por alguna razon quiere mantener domicilio fiscal en España, e insisto que siempre se han pagado impuestos adecuadamente sin que ninguno de los dos estados se haya visto perjudicado en la recaudación.
Gracias y perdonad si os suena un poco raoro todo esto.