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Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad

2 respuestas
Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad
Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad
#1

Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad

Hola a todos.Estoy mirando el borrador de la Declaracion de la Renta del 2023 y quiero estar seguro de si esta bien el apartado de compensacion de rentas:

-2748 euros de Rendimientos netos de capital mobiliario.
-362 euros de perdidas patrimoniales por venta de fondos de inversion(casilla 425 y 446).
-Se compensa hasta el 25% de los Rdtos cap.mob. con los 362 euros de perdida en los fondos con lo cual....
-La base imponible del ahorro(casilla 460) se queda en 2386 euros.

--Entiendo que  con la compensacion de los 362 euros,que esta dentro del maximo del 25% que podia compensar de los rendimientos(algo menos de 700 euros) ya no puedo volver a compensar esa perdida en los cuatro ejercicios siguientes.Es asi,verdad?.

Por otro lado,he estado de baja por IT,por intervencion quirurgica desde octubre del 23 hasta abril del 24 y eso se refleja en el borrador por un lado como retribuciones dinerarias y por otro como retribuciones dinerarias por incapacidad temporal sumando ambas cantidades en el apartado de rendimientos de trabajo.Me han dicho que esta bien,pero me resulta raro que me computen como si hubiera cobrado unos 7000 euros  por IT por tan solo tres meses computables en 2023.Si alguien me puede confirmar que esta bien el borrador en ese apartado se lo agradeceria.


Saludos y gracias de antemano.
#2

Re: Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad

lo que indicas de la compensación de la pérdida es correcto, con el 25% de los rendimientos del capital mobiliario sobraba para la compensación, así que no queda nada pendiente.

Sobre lo que has recibido estando de baja, ten en cuenta que te habrán pagado de acuerdo a la cotización mensual a seguridad social, que incluye la parte prorrateada de las pagas extra; por tanto, luego la empresa te habrá pagado menos en esas pagas, porque una parte la recibiste durante la baja. Por ejemplo, si la paga de Navidad se calcula de julio a diciembre (6 meses) y has estado 3 de baja, la empresa te habrá pagado la mitad de la paga. El resto va por la incapacidad temporal.
#3

Re: Compensacion rentas IRPF y Retribuciones por incapacidad

De acuerdo.Gracias por el interes