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Vinculación renta y reducción por tributación conjunta

4 respuestas
Vinculación renta y reducción por tributación conjunta
Vinculación renta y reducción por tributación conjunta
#1

Vinculación renta y reducción por tributación conjunta

Buenas tardes a todos,

Tengo dudas con la tributación conjunta y la clave en "otras situaciones".

Tengo dos hijos, del primero tengo la custodia compartida y además satisfago pensión de alimentos. El segundo nació el año pasado y convivo con el otro progenitor.
En la declaración entiendo que:
- Primer hijo debo poner la clave D y en "otras situaciones" no poner nada. El otro progenitor ha hecho declaración individual por lo que puedo optar a declaración conjunta.
- Segundo hijo poner la clave D y en "otras situaciones" la 3 (convivo con el otro progenitor)

No sé si eso es correcto.
El problema es que no me aplica la reducción por tributación conjunta al no ser que no incluya a mi segundo hijo. ¿Puedo no declarar este segundo hijo en la declaración? Sale mejor en el supuesto que no declare a mi segundo hijo y haga conjunta con el primero.

Por otro lado, entiendo que tampoco puedo declarar la pensión de alimentos al beneficiarme del mínimo por descendientes. He ido a dos asesores y los dos me dicen cosas distintas.

Muchas gracias de antemano

Saludos


#2

Re: Vinculación renta y reducción por tributación conjunta

Si quieres presentar declaración conjunta, en este caso debes incorporar a todos tus descendientes, no puedes dejar a uno fuera. 
#3

Re: Vinculación renta y reducción por tributación conjunta

Muchas gracias por la respuesta.

¿Entonces las vinculaciones que indico estarían bien?

¿Al vivir con el progenitor de mi segundo hijo ya no puedo acceder a la reducción por tributación conjunta del primero?

Saludos
#4

Re: Vinculación renta y reducción por tributación conjunta

Las vinculaciones están correctas. 
Si convives con el padre de alguno de tus hijos, ya no tienes derecho a la reducción por tributación conjunta.
Y no: no puedes aplicar las anualidades por alimentos si tienes custodia compartida; el año pasado el TEAC unificó criterio respecto a eso: con custodia (completa o compartida), sólo cabe aplicar mínimo por descendientes; sin custodia, sólo cabe aplicar las anualidades. Y en ningún caso ambas cosas.
#5

Re: Vinculación renta y reducción por tributación conjunta

Muchas gracias por la respuesta.

Ha sido de mucha ayuda

Saludos