#1
Reinversión vivienda habitual privativa a vivienda en gananciales
Se trata de la reinversión por vivienda habitual de una vivienda privativa de la mujer (por donación de sus padres) en la compra de una vivienda habitual en régimen de gananciales. Una mujer casada en régimen de gananciales tiene una vivienda privativa como domicilio habitual (junto con su marido), que van a vender y comprar otra vivienda mayor.
Los importes de la venta de la vivienda son de 500000 euros y la vivienda a comprar será de 620000 euros con un préstamo hipotecario de 120000 a realizar entre los dos. Preguntando a diferentes asesores fiscales, nos hemos encontrado con disparidad de criterios en la forma de como realizar la reinversión. En un primer momento, pensábamos que al reinvertir los 500000 euros en la compra, estaría exento el 100x100 de la ganancia, pero en la primera asesoría que tuvimos, nos dijeron que no, que sería sólo el 50% de esa cantidad, al comprar la vivienda en gananciales . En la siguiente consulta, nos indican que no, que estaría exenta al 100x100 por reinvertir toda la cantidad del dinero y no tener el marido ningún dinero que aportar. En la tercera consulta, nos indican, que para evitar el pago de la ganancia, se debe realizar la compra de la propiedad nueva en porcentajes, es decir, como la mujer aporta el 90% del dinero (500000+60000 de hipoteca), se debe escriturar el 90% de la propiedad a ella y el 10% al marido. De esa forma, la ganancia estaría totalmente exenta. Pero de nuevo, en otra consulta, nos indican, que no, que si se hace eso, la ganancia exenta sería el 90%, y no el 100%, que la única forma de evitar la ganancia, sería escriturar el 100% a nombre de ella. En llamada telefónica a la AEAT nos indican, que si se compra en gananciales al 50%, sólo se considera la mitad reinvertido, y ante la pregunta del 90%, nos indican, que también sería el 90%. En resumen, total disparidad de criterios, y no sabemos cual es la respuesta correcta. Muchas gracias
Los importes de la venta de la vivienda son de 500000 euros y la vivienda a comprar será de 620000 euros con un préstamo hipotecario de 120000 a realizar entre los dos. Preguntando a diferentes asesores fiscales, nos hemos encontrado con disparidad de criterios en la forma de como realizar la reinversión. En un primer momento, pensábamos que al reinvertir los 500000 euros en la compra, estaría exento el 100x100 de la ganancia, pero en la primera asesoría que tuvimos, nos dijeron que no, que sería sólo el 50% de esa cantidad, al comprar la vivienda en gananciales . En la siguiente consulta, nos indican que no, que estaría exenta al 100x100 por reinvertir toda la cantidad del dinero y no tener el marido ningún dinero que aportar. En la tercera consulta, nos indican, que para evitar el pago de la ganancia, se debe realizar la compra de la propiedad nueva en porcentajes, es decir, como la mujer aporta el 90% del dinero (500000+60000 de hipoteca), se debe escriturar el 90% de la propiedad a ella y el 10% al marido. De esa forma, la ganancia estaría totalmente exenta. Pero de nuevo, en otra consulta, nos indican, que no, que si se hace eso, la ganancia exenta sería el 90%, y no el 100%, que la única forma de evitar la ganancia, sería escriturar el 100% a nombre de ella. En llamada telefónica a la AEAT nos indican, que si se compra en gananciales al 50%, sólo se considera la mitad reinvertido, y ante la pregunta del 90%, nos indican, que también sería el 90%. En resumen, total disparidad de criterios, y no sabemos cual es la respuesta correcta. Muchas gracias