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Es obligatorio en la venta de un inmueble descontarse el 3% de amortización aunque no se haya degravado
Buenos días a todos, por favor quería hacer una consulta a algún experto ya que no tengo claro lo siguiente: yo en 2021 compré una plaza de garage y la tuve alquilada 4 años y en diciembre del 2024 la vendí, y cuando declaré el alquiler me desgravé como gasto el recibo del ibi y los recibos de gastos de comunidad pero no me desgravé nada por el 3% de amortización que legalmente se puede desgravar, entonces mi pregunta es ¿en la declaración de renta de la venta del garaje estoy obligado a colocar todo ese importe de el 3% de amortización como si me lo hubiera desgravado aunque no lo haya hecho?, ya que si lo hago en el cálculo final de esa venta evidentemente el precio de venta se incrementará al sumarle ese 3% de amortización, yo creo que hace 10 años fui a Hacienda y le hice esta misma pregunta a un técnico y creo que me dijo que si que aunque el 3% no los hubiera puesto todos los años igualmente lo tengo que poner (como fue hace 10 años no estoy seguro si fue esa exactamente la respuesta. Desde ya muchas gracias.