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IRPF: Exención por reinversión Viv. Habitual en extinción de condominio
Suena un poco raro, pero explico el tema.
Estoy en gananciales y he heredado un piso junto con hermano.
Voy a adquirir la mitad que posee mi hermano utilizando el dinero que obtendré con la venta de mi vivienda actual. Tras la operación poseeré un 75% de la vivienda y mi cónyuge un 25%
Sé que al hacer esa operación tendré que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y, luego, al hacer el IRPF estará exenta la plusvalía que obtengo con la venta de mi vivienda por reinversión en vivienda habitual.
Hasta ahí, lo planeado.
El caso, es que fui a notaría para que me prepararan la compra venta de la mitad que me falta y allí me han comentado que, siendo entre hermanos, en vez de hacer una compra venta que paga ITP, me sale mucho mejor hacer una Extinción de Condominio (que paga un 1,5%) y luego una aportación a título gratuito de esa mitad a la sociedad de gananciales (que está exenta de ITP y del Impuesto de Donaciones).
Al final tendríamos los mismos % y, desde luego, económicamente sale mucho mejor.
…pero, ¿Qué pasa al hacer el IRPF?
Al no ser una compra (o sí, según se mire), ¿sigue estando exenta por reinversión la plusvalía obtenida por la venta de mi vivienda actual?
Y si es que sí, ¿tanto mi parte como la de mi cónyuge?
Perdonad por el ladrillo y muchas gracias por anticipado.
Estoy en gananciales y he heredado un piso junto con hermano.
Voy a adquirir la mitad que posee mi hermano utilizando el dinero que obtendré con la venta de mi vivienda actual. Tras la operación poseeré un 75% de la vivienda y mi cónyuge un 25%
Sé que al hacer esa operación tendré que pagar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales (ITP) y, luego, al hacer el IRPF estará exenta la plusvalía que obtengo con la venta de mi vivienda por reinversión en vivienda habitual.
Hasta ahí, lo planeado.
El caso, es que fui a notaría para que me prepararan la compra venta de la mitad que me falta y allí me han comentado que, siendo entre hermanos, en vez de hacer una compra venta que paga ITP, me sale mucho mejor hacer una Extinción de Condominio (que paga un 1,5%) y luego una aportación a título gratuito de esa mitad a la sociedad de gananciales (que está exenta de ITP y del Impuesto de Donaciones).
Al final tendríamos los mismos % y, desde luego, económicamente sale mucho mejor.
…pero, ¿Qué pasa al hacer el IRPF?
Al no ser una compra (o sí, según se mire), ¿sigue estando exenta por reinversión la plusvalía obtenida por la venta de mi vivienda actual?
Y si es que sí, ¿tanto mi parte como la de mi cónyuge?
Perdonad por el ladrillo y muchas gracias por anticipado.