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Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario

49 respuestas
Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario
Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario
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#46

Re: Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario

Te lo comenté hace 16 días, calcula cuando tendría que pagar tu hijo para que esa renta sea mayor que la renta imputada.  Divides ese número por 12 y mira si es razonable para cobrárselo a tu hijo. 
#47

Re: Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario

A renta imputada me sale unos 1000 euros anuales
Así que con eso no cubro más que dos meses del piso

#48

Re: Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario

Si cobras por encima de algo más de eso, considera las desgravaciones, a hacienda le vale. Lo que le cobres tras las desgravaciones tiene que ser superior a eso. Ahora con lo que le quieres cobrar (500) tendrás que calcular el impacto en tu IRPF una vez eliminadas las desgravaciones y ver si te interesa hacerlo así. 
#49

Re: Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario

Hola Rucko,
Estaba buscando información sobre esto porque yo también tengo a mi hijo viviendo en el piso que era de mi padre (que heredé) sin cobrarle nada, pero en mi caso el piso está libre de hipoteca y no sé si en estos casos, cobrando un alquiler simbólico como habla el artículo de El Economista que habéis puesto antes, podría conseguir alguna deducción de mi declaración de la renta, sea del IBI o de ese 2% del valor catastral. 

Incluso también he tenido en la Comunidad que pagar una derrama mediante cuotas extraordinarias mensuales durante dos años por obras (hubo que rehacer toda la red de arquetas de desagüe porque los bajos tenían humedades) y también de rehabilitación y pintura de todo el edificio. Esas cuotas es posible deducirlas??

Gracias de antemano a todos, este foro la verdad que es estupendo...

#50

Re: Gastos a pagar en la cesión de vivienda gratuita por el cesionario

Los ingresos por el alquiler tienen que ser superiores al 2% del valor catastral ( si no está revisado) en caso contrario se aplica este valor como imputación de renta. Los gastos se desgravan si es un alquiler.