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Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

8 respuestas
Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta
Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta
#1

Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

Tengo una cuenta remunerada en la que ingresé la indemnización por despido efectuada el año pasado. Ahora consulto los datos fiscales para el IRPF y me aparecen el 50% asignado a mi , y el 50% a mi mujer. La cuenta nos tiene a los 2 como titulares. Regimen ganaciales. Es obligatorio tributar de este modo? Mi único ingreso en 2024 ha sido el cobro del paro y  éste 50%  de la cuenta remunerada.  Mi mujer trabaja por cuenta ajena. No sería posible atribuir a mi declaración el 100% de la cuenta (ingresos y retenciones) ?  La cuenta NO ha tenido ningún movimiento a lo largo del año (salvo la remuneración bancaria). En el apartado correspondiente no entiendo lo de "salvo que se justifique otra cuota distinta de participación" al imputar rendimientos capital mobiliario. Gracias y un saludo
#2

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

 La indemnización por despido se considera ganancial si es resultado de un trabajo desarrollado enteramente durante el matrimonio
Sin embargo, si el contrato laboral era anterior al matrimonio, solo la parte correspondiente a los años trabajados bajo la sociedad de gananciales se considera ganancial. Extraido de  
¿LA INDEMNIZACIÓN POR DESPIDO ES UN BIEN GANANCIAL? - Derecho de familia 

Si la indemnización corresponde a un contrato de trabajo que comenzó antes de casarte, tendrías que acreditar ante Hacienda qué parte de la indemnización corresponde a los años de trabajo anteriores al matrimonio y el resto sería ganancial. Esa parte anterior al matrimonio la podrías considerar como un bien privativo e imputarte los rendimientos correspondientes (justificarías así otra cuota distinta de participación en la indemnización, que no sería la del 50% cada cónyuge).

Los rendimientos (intereses 2024 de la cuenta bancaria) de la parte ganancial de la indemnización corresponden el 50% a cada cónyuge. 

Los rendimientos  (intereses 2024 de la cuenta bancaria) de la parte privativa de la indemnización corresponderían en este caso al esposo. 

No sé si económicamente te merece la pena complicarte la vida tributaria modificando los rendimientos de capital mobiliario atribuidos a cada cónyuge en los datos fiscales. Máxime si en el año 2024 cobraste salarios hasta el despido, con su correspondiente retención de IRPF, y prestación o subsidio de desempleo el resto del año. 

Espérate a que esté disponible el borrador de renta de 2024, en el que podrás hacer las pruebas que consideres, y luego decidir en base a los resultados que obtengas. 
#3

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

De la misma manera que tu sueldo es un ingreso solamente tuyo a efectos fiscales, lo mismo sucede con la indemnización por despido. Todo ello, independientemente de la titularidad de la cuenta y del régimen del matrimonio.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#4

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

La indemnización sí; los rendimientos de la cuenta común derivados de ese dinero, no.
Marianin07 lo ha explicado muy bien.
#5

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

No estoy seguro de que esté bien explicado.
En el IRPF no se tributa según sea ganancial o no, sino según la fuente. Basta ver que el sueldo es ganancial y sin embargo tributa quien lo obtiene.

El silencio es hermoso cuando no es impuesto.

#6

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

La declaración fiscal de los intereses corresponde al (los) titulares de la cuenta a menos que uno pueda demostrar que provienen de un bien privativo, ojo, hacienda también podría demostrarlo como parte interesada. En este caso cuenta común, dinero común, intereses comunes, 50% si o si. Salvo mejor opinión. 
#7

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

Estoy de acuerdo que no es clara la respuesta, la confusión viene de la frase : Los rendimientos  (intereses 2024 de la cuenta bancaria) de la parte privativa de la indemnización corresponderían en este caso al esposo.
No hay parte privativa en la indemnización, toda ella es ganancial, aunque en este caso la asignación fiscal recae sobre el perceptor y aún siendo privativa, que no lo es, los rendimientos serían también gananciales. 
#8

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

La posibilidad de que una indemnización por despido tenga en parte carácter ganancial del matrimonio y en parte carácter privativo del cónyuge despedido, está reconocida en la jurisprudencia del Tribunal Supremo. Dejo enlace a una sentencia del TS, que cita otras anteriores.
La cuestión puede ser muy relevante en algún caso, como la liquidación de la sociedad de gananciales por separación, divorcio, nulidad, fallecimiento.

Respecto del asunto debatido, rectifico mi afirmación “Los rendimientos  (intereses 2024 de la cuenta bancaria) de la parte privativa de la indemnización corresponderían en este caso al esposo.“ Más que confusa, la frase es errónea, pues debería ser:
“Los rendimientos  (intereses 2024 de la cuenta bancaria) de la parte privativa de la indemnización serían de carácter ganancial.” Así es, pues de acuerdo con el art. 1347.2º del Código Civil, son bienes gananciales “2.° Los frutos, rentas o intereses que produzcan tanto los bienes privativos como los gananciales.”
Por tanto, la titularidad de los intereses que se recoge en los datos fiscales del consultante y su esposa, atribuyendo el 50% a cada uno, que deriva de la titularidad jurídica de una cuenta bancaria conjunta, es coincidente con la titularidad jurídica  de los intereses bancarios derivada del régimen económico de gananciales del matrimonio. Todos los intereses, tantos los procedentes de capital ganancial como los del capital privativo, son gananciales y por tanto deben atribuirse la mitad a cada cónyuge, como ha señalado @Rucko.
 
La Ley del IRPF, en su art 11 sobre individualización de las rentas, dispone que

3. Los rendimientos del capital se atribuirán a los contribuyentes que sean titulares de los elementos patrimoniales, bienes o derechos, de que provengan dichos rendimientos según las normas sobre titularidad jurídica aplicables en cada caso y en función de las pruebas aportadas por aquéllos o de las descubiertas por la Administración.

En su caso, serán de aplicación las normas sobre titularidad jurídica de los bienes y derechos contenidas en las disposiciones reguladoras del régimen económico del matrimonio, así como en los preceptos de la legislación civil aplicables en cada caso a las relaciones patrimoniales entre los miembros de la familia.

La titularidad de los bienes y derechos que conforme a las disposiciones o pactos reguladores del correspondiente régimen económico matrimonial, sean comunes a ambos cónyuges, se atribuirá por mitad a cada uno de ellos, salvo que se justifique otra cuota de participación.

Cuando no resulte debidamente acreditada la titularidad de los bienes o derechos, la Administración tributaria tendrá derecho a considerar como titular a quien figure como tal en un registro fiscal u otros de carácter público.
#9

Re: Consulta rendimientos capital mobiliario IRPF varios titulares cuenta

De acuerdo con tus puntualizaciones. Gracias.