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Declaración Renta: ¿Dónde incluyo la reinversión realizada tras la venta de la vivienda?

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Declaración Renta: ¿Dónde incluyo la reinversión realizada tras la venta de la vivienda?
Declaración Renta: ¿Dónde incluyo la reinversión realizada tras la venta de la vivienda?
#1

Declaración Renta: ¿Dónde incluyo la reinversión realizada tras la venta de la vivienda?

Buenos días.

El pasado año vendí la vivienda que hasta principios de 2023 fue mi vivienda habitual.
Además, en 2023, adquirí con préstamo hipotecario una nueva vivienda, la que desde ese momento se convirtió en mi vivienda habitual.
El dinero obtenido de la venta, una vez restado al precio de venta, los gastos de transmisión, y la cancelación de la hipoteca que todavía me quedaba de pagar, lo reinvertí en la nueva vivienda, quitando parte de la hipoteca.
Estoy rellenando la declaración de la renta, y tengo duda sobre donde incorporar esta cantidad reinvertida.
Además, el hecho de haber pedido financiación ajena para la compra de la que es en la actualidad mi vivienda habitual, también se considera como reinversión.

Por consiguiente, aunque no fuera necesario, debería de incorporar como reinversión la cantidad que obtuve de la venta + la hipoteca solicitada.

En la casilla "importe reinvertido", he incluido lo siguiente:
- Importe reinvertido hasta 31/12/2024: el resultado de restar al precio de transmisión, los gastos de transmisión y el préstamo que me quedaba pendiente.
- Importe comprometido a reinvertir, después de 2024, en los 2 años siguientes a la transmisión: aquí no he incluido nada porque la venta fue el año pasado, y la compra de la nueva vivienda fue en 2023. Se considera como reinversión tanto lo aplicado en vivienda habitual en los dos años siguientes a la venta, como los dos anteriores. Por lo que no sé si tendría que incluir aquí la hipoteca de la nueva vivienda.
- Importe del préstamo para la adquisición de la vivienda transmitida pendiente de amortizar: importe de la hipoteca que quedaba pendiente.

Gracias
#2

Re: Declaración Renta: ¿Dónde incluyo la reinversión realizada tras la venta de la vivienda?

No, es más sencillo: importe reinvertido a 31 de diciembre: el total del valor de adquisición de tu nueva vivienda (si es superior a la cantidad que te dieron por la venta de la antigua, pues pon ése segundo); importe comprometido a reinvertir: pues nada, porque ya está todo reinvertido; importe del préstamo pendiente: lo que quedaba de la hipoteca  que contrataras para financiar  el precio de adquisición de la vivienda antigua cuando vendiste.