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Regla FIFO y residencia fiscal en España

1 respuesta
Regla FIFO y residencia fiscal en España
Regla FIFO y residencia fiscal en España
#1

Regla FIFO y residencia fiscal en España

Hola a tod@s.

Quizás haya alguien aquí que pueda ayudarme.
Tengo una cuenta multidivisa con un bróker extranjero, que abrí hace varios años.
Recientemente me convertí en residente fiscal en España.
Sé que al realizar transacciones de divisas es necesario utilizar la regla FIFO.

Por ejemplo, una persona puede depositar EUR en su cuenta de broker y luego comprar algunos USD.
Después de un tiempo, el USD se vende.
La persona debe pagar impuestos si la cantidad de euros ha aumentado después de la venta de USD.

Y duda que tengo: ¿cómo aplicar correctamente el método FIFO si nunca tuve EUR en mi cuenta de broker en primer lugar?
Tengo USD y ahora quiero venderlos. ¿Cómo utilizar el método FIFO en este caso?

Parecería correcto convertir todos los activos a EUR, por ejemplo, en la fecha de inicio del primer año fiscal en España, y a partir de ese momento comenzar a utilizar FIFO utilizando EUR como moneda base.
Pero no puedo encontrar la información exacta.

#2

Re: Regla FIFO y residencia fiscal en España

Claro, te explico en detalle.

Según el sitio web de la Agencia Tributaria (fuente):
en transmisiones de activos (como divisas) para residentes fiscales en España, se aplica el criterio FIFO ("first in, first out") para identificar qué activos se están transmitiendo, y la ganancia o pérdida patrimonial debe calcularse en euros, porque el IRPF español siempre usa el euro como moneda base.

Ahora, sobre tu caso específico:

  • Cuando te conviertes en residente fiscal en España, se entiende que "adquieres" a efectos fiscales todos tus activos a su valor de mercado en euros en ese momento (esto es especialmente aplicable si antes eras no residente).
  • No necesitas recrear operaciones pasadas: simplemente debes considerar el saldo de USD que tenías en el bróker el día en que comenzaste a ser residente fiscal, valorándolo en euros a precio de mercado de esa fecha.
  • A partir de ahí, al vender USD, aplicas FIFO sobre esas "posiciones iniciales" valoradas en euros.

Resumen práctico para ti:

  1. Fecha de cambio de residencia fiscal: Determina qué cantidad de USD tenías exactamente y su valor en EUR (utilizando el tipo de cambio oficial del Banco Central Europeo del día).
  2. Valor inicial: Ese valor en euros será tu "coste de adquisición" de los USD existentes.
  3. Ventas posteriores: Cuando vendas USD, calculas la ganancia o pérdida comparando el valor de venta en euros contra el coste de adquisición en euros (siguiendo el orden FIFO, si tienes múltiples depósitos de divisas posteriores).
  4. Nuevas adquisiciones de USD: Si después compras más USD, también deberás registrar cada compra en euros y seguir aplicando FIFO.


Ejemplo práctico:

  • Te conviertes en residente el 1 de enero de 2025. Tienes 10.000 USD.
  • El tipo de cambio oficial EUR/USD ese día es 1,10. Entonces, esos 10.000 USD se consideran "adquiridos" a 9.090,91 EUR (10.000 / 1,10).
  • En junio de 2025 vendes 5.000 USD y obtienes 4.800 EUR.
  • Ganancia/pérdida: 4.800 EUR (venta) - (5.000/10.000 x 9.090,91 EUR) (coste) = 4.800 EUR - 4.545,45 EUR = 254,55 EUR de ganancia.

No es necesario convertir físicamente tus USD a euros
. Lo que debes hacer es considerar que internamente llevas un "registro" en EUR para fines fiscales.

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